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Septiembre 2009
 
 
 
 
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Fiscalidad del ahorro
El ahorro español se enfrenta a una subida fiscal pese a no ser de los mejor tratados de la OCDE

El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, ha sentado ya las bases de lo que parece que será su próxima subida de impuestos. Ha asegurado que se tratará de un alza tributaria “temporal”, “limitada”, “coyuntural”, “moderada” e “instrumental”...

El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, ha sentado ya las bases de lo que parece que será su próxima subida de impuestos. Ha asegurado que se tratará de un alza tributaria "temporal”, “limitada”, “coyuntural”, “moderada” e “instrumental”. También ha asegurado que nunca supondrá una subida de la presión fiscal nacional, algo que, obviamente, no será favorecido por la subida fiscal sino por la fuerte caída de recaudación que se está registrando, con niveles de pérdida de ingresos interanuales del IVA del 36%, del IRPF del 12% y del Impuesto sobre Sociedades que superan los listones de desplome del 20% sobre los ingresos obtenidos el pasado ejercicio. 

Zapatero, al contrario que la ministra Salgado, no ha dudado en hablar directamente de “subidas” tributarias. Aludió también a la “progresividad” que tendrán las medidas y dio varias pistas del cauce que seguirán. El principal es que la permanencia del cheque de 400 euros en el IRPF queda condenado con gran probabilidad a su eliminación definitiva o recorte drástico. Así, la medida sobre la que pivotó la campaña electoral que aupó a Zapatero a su segundo mandato será debatida en el Congreso. La práctica totalidad del arco parlamentario ya la ha criticado, lo que le augura una supervivencia más bien corta. El presidente asegura ahora que esta ayuda, con un coste presupuestario de unos 5.500 millones al año, se fundamentó en las dificultades de las familias por la inflación y el euribor, variables que, dice, han cambiado.  

El resto de pautas parece indicar que la subida intentará eludir el alza de los tipos de cada uno de los tramos -nada se dice sobre el movimiento de las bases de forma que pudiesen ser más el numero de contribuyentes afectados por los tipos más elevados de la escala-, y, lo que se da ya por seguro, que abordará una subida del pago fiscal de las rentas del capital. 

El ese contexto se asegura que el ahorro español puede soportar esta subida sin verse afectado por un movimiento de salida de capitales hacia el exterior en busca de un refugio donde eludir la mayor presión fiscal relativa que soportarían estas rentas en territorio español. Los estudios internacionales sobre fiscalidad del ahorro no parecen coincidir tanto en esta lectura. Más bien destacan que en muchos aspectos el ahorro español sufre ya un tratamiento peor que el soportado en muchas de las economías vecinas. En primer lugar son muchos los destinos donde el ahorro llega a estar ya exento dependiendo del número de mese o años de antigüedad de la inversión. 

La última reforma del IRPF, del año 2006, incrementó en tres puntos -desde el 15% al 18%- la fiscalidad de las plusvalías a largo plazo (procedentes de fondos de inversión, acciones e inmuebles)- eliminó la exención existente actualmente de hasta un 75% para los seguros y anuló la desgravación de un 40% en el cobro en un único pago de los planes de pensiones. Así, todo el ahorro, menos los planes de pensiones, pagarán el 18% en cualquier caso, y sin grandes deducciones reseñables (a excepción del pago de los dividendos). 

El resultado de esta batería de medidas ha sido el empeoramiento de la fiscalidad del ahorro a largo plazo nacional hasta situarse entre las más duras de las grandes economías europeas. Así, la mayoría de los países competidores de España, como Austria o Reino Unido, llegan a regular exenciones para el ahorro no especulativo (calificativo con el que se concede normalmente, al que supera el año de antigüedad). 

La situación de empeoramiento en la fiscalidad comparada se hace evidente en los seguros, una opción pensada principalmente para el ahorro a largo plazo. Los productos conocidos como seguros ilíquidos (los que no permiten el rescate de la inversión hasta un determinado momento, normalmente la jubilación) son beneficiados en Francia, Holanda, Reino Unido y Alemania con la posibilidad de desgravar cantidades superiores a la española: por ejemplo, en Holanda o Francia se eleva este tope hasta superar los 24.000 euros. 

Otra de las opciones adoptadas en el panorama europeo para incentivar el ahorro a largo plazo pasa por la generación de un tipo claramente más bajo para las inversiones no especulativas. Es la opción italiana, donde el tipo del ahorro a largo plazo (incluidos los seguros) queda en el 12,5%, frente al 27% que deben pagar productos a corto como los intereses de depósitos o cuentas corrientes. 

Los casos de Bélgica o Reino Unido han sido unos de los más decididos en la línea de apoyo al ahorro más estable, pese a que las reformas anunciadas desde Londres apuntan a un castigo a las rentas obtenidas por los contribuyentes de mayores ingresos. La legislación belga deja exentas las prestaciones de determinados seguros (como los “unit linked” -que invierten en cestas de fondos-) y la normativa británica ha permitido dejar sin tributación efectiva productos, como seguros de vida, que superan los diez años de antigüedad. La industria española del ahorro ya ha esgrimido en diversas ocasiones su preocupación ante las consecuencias de un régimen fiscal que resultase excesivamente duro en comparación con la fiscalidad de los países comunitarios. Y la explicación a este temor se basa en el hecho de que el ahorro sí es móvil. O lo que es lo mismo, que puede fugarse a otros Estados si observa condiciones más favorables fuera de sus fronteras naturales. 

Entre los últimos datos del panorama internacional destaca igualmente, como un indicador que debería abrir una reflexión en el seno del Gobierno, el auge de la presión fiscal en España en los años pasados. Así, entre 1975 y 2007 España se sitúa como el país de la OCDE en el que más ha crecido (un 19%) la presión fiscal global. Igualmente figura como el tercer país de los 29 de la OCDE en el que más ha crecido (un 3%) entre 2002 y 2007. Además, las ganancias de capital de las derivadas de la disposición de acciones también soportan una fiscalidad comparada claramente perjudicial: pagan un tipo del 30%, siendo las quintas más caras del entorno de la OCDE. Alemania, mientras, por ejemplo, plantea un régimen de exención sin condiciones a estas ganancias de capital empresariales. 

Igualmente, en determinados destinos del ahorro que han funcionado tradicionalmente con gran implantación, como la vivienda, la eliminación anunciada de la deducción por compra de residencia, supondrá ya de por sí un endurecimiento de la fiscalidad, no compartido por países como Portugal, Bélgica o Italia.   

Incluso mecanismos que, como las sociedades de capital variable (Sicav) se han librado en España, gracias a la reforma de 2005, de un importante control e inspección por parte de la Agencia Tributaria,  tampoco disfrutan comparativamente de un régimen privilegiado en la UE. La inseguridad generada por las actas fiscales previas a ese año ha provocado que la creación de nuevas sociedades de inversión de capital variable se haya estancado en los ejercicios posteriores a la vista del peligro tributario y, mientras, países como Luxemburgo o Austria no sólo no ponen trabas a la concentración del capital en un solo inversor sino que su impuesto a las firmas directamente ha sido eliminado. 


Notas de actualidad fiscal
La suscripción de nuevas acciones derivadas de ampliación de capital por uno de los socios, previa renuncia de sus derechos de suscripción preferente por el otro, se consideran donación...

Pago condena en costas,  no sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido

 

De acuerdo con el criterio de Tributos, el pago del importe de la condena en costas por la parte perdedora en un proceso implica una indemnización a la parte ganadora por los gastos en los que incurrió. Al tener tal naturaleza, no procede repercusión alguna en concepto de IVA.

 

 

No es aplicable el régimen especial a una escisión parcial, la aportación de parte de los inmuebles de la sociedad  

 

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia,  considera que no es de aplicación el régimen especial del capitulo VIII del título VIII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades a una escisión parcial en la que no se ha aportado una rama de actividad, sino tan sólo se han transmitido inmuebles, no abarcándose tal aportación a todos los activos ligados a esa rama de actividad.

 

 

Responsabilidad subsidiaria del administrador en los supuestos de cesación de hecho de la actividad social

 

Según la Audiencia Nacional,  es exigible la responsabilidad subsidiaria del administrador en los supuestos de cesación de hecho de la actividad de la persona jurídica, sin haberse promovido la disolución y teniendo la misma obligaciones pendientes, y ostentando la condición de administrador en el momento del cese. Dichas obligaciones tributarias pendientes, son consecuencia de un acuerdo de derivación de responsabilidad por sucesión en la actividad económica de otra sociedad.

 

 

La suscripción de nuevas acciones derivadas de ampliación de capital por uno de los socios, previa renuncia de sus derechos de suscripción preferente por el otro, se consideran donación

 

El Tribunal Supremo estima que se trata de una donación, y por tanto, ha de tributar según este impuesto, en el caso de una ampliación de capital de una sociedad que tiene sólo dos accionistas, en la que el socio mayoritario renuncia a su derecho de ampliación preferente, mientras que el otro socio suscribe la totalidad de la ampliación, aumentando su derecho y obteniendo rendimiento económico en la operación.

 

 

Es responsable solidario el cónyuge que participa en un compraventa simulada para poner fuera del alcance de Hacienda bienes embargables

 

La Audiencia Nacional califica de compraventa simulada entre cónyuges, la falta de prueba que pueda justificar la entrega de parte  del precio convenido ni el movimiento de salida de su patrimonio de las cantidades convenidas. De forma consciente y deliberada se puso fuera del alcance de la Hacienda Pública bienes embargables, por lo que la responsabilidad solidaria del cónyuge ha sido acertadamente declarada.


Noticiario de actualidad
Hacienda eliminará la obligación de presentar los libros registro de IVA La medida debía aplicarse en 2010 y afecta a un millón de empresas

Vía abierta para deducir plusvalías por ventas empresariales pendientes

 

Hacienda frena casos de doble imposición vinculados al nuevo plan contable

 

Negocio 07/07/2009

 

 

Hacienda eliminará la obligación de presentar los libros registro de IVA

 

La medida debía aplicarse en 2010 y afecta a un millón de empresas

 

Cinco Días 09/07/2009

 

 

El Gobierno castigará a  las regiones que bajen o hayan bajado impuestos

 

Dos de los principales fondos que el Estado pone a disposición de las CCAA desincentivarán en lo posible la competencia fiscal a la baja, es decir, las rebajas de los impuestos

 

Expansión 14/07/2009

 

 

La declaración de la Renta separará el IRPF regional

 

Hacienda quiere que cada autonomía se responsabilice de sus subidas de impuestos

 

Expansión 15/07/2009

 

 

Agujero en las cuentas: los ingresos tributarios caen un 19% hasta mayo

 

La debilidad del consumo mina el IVA, que pierde un tercio de su recaudación

 

El Economista 16/07/2009

 

 

España dice adiós a su competitividad fiscal tradicional

 

Con impuestos más altos que la OCDE

 

Expansión 17/07/2009

 

 

La política reabre el debate de las “ecotasas”

 

La Propuesta de Ley sobre Fiscalidad Ambiental de IU-ICV resucita la discusión sobre la utilidad de impuestos verdes

 

Cinco Días 23/07/2009

 

 

El “boom” del déficit costará 4.000 euros a cada hogar

 

Un estudio de la Fundación de Cajas de Ahorros alerta del grave impacto fiscal del avance del gasto

 

Expansión 28/07/2009

 

 

Hacienda nos presiona para cerrar más expedientes

 

Francisco de la Torre asegura que Hacienda, ante la caída de la recaudación, presiona a los inspectores para que cierren más actas

 

Cinco Días 31/07/2009

 

 

Sociedades hunde los ingresos fiscales

 

El deterioro empresarial explica el 64%%de la caída total de los ingresos públicos

 

Expansión 05/08/2009

 

 

 

 


Calendario Territorio Común
Calendario del Contribuyente

MES DE OCTUBRE

 

HASTA EL DÍA 7

 

IMPUESTOS ESPECIALES

 

  • Septiembre 2009. Todas las empresas (modelo 511).

 

HASTA EL DÍA 20

 

RENTA Y SOCIEDADES

 

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas imputaciones de renta, ganancias de transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva o de aprovechamientos forestales de vecinos en montes públicos, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

 

·        Tercer trimestre 2009 (Modelos 110, 115, 117, 123, 124, 126 y 128)

·        Septiembre 2009. Grandes empresas (Modelos 110, 115, 117, 123, 124, 126 y 128)

 

Pagos fraccionados Renta

  • Tercer trimestre 2009:
  • Estimación Directa (Modelo 130)
  • Estimación Objetiva (Modelo 131) 

Pagos fraccionados Sociedades y Establecimientos Permanentes de No Residentes

  • Ejercicio en curso:
  • Régimen general (Modelo 202)
  • Grandes Empresas, excepto Grupos Fiscales (Modelo 218)
  • Régimen de consolidación fiscal, Grupos Fiscales (Modelo 222) 

 

IVA

  • Tercer Trimestre 2009. Régimen general. Autoliquidación (Modelo 303)
  • Tercer Trimestre 2009. Régimen Simplificado (Modelo 310)
  • Tercer Trimestre 2009. Regímenes General y Simplificado (Modelo 370)
  • Septiembre 2009. Régimen General. Autoliquidación (Modelo 303)
  • Septiembre 2009. Operaciones asimiladas a las importaciones (Modelo 380)
  • Septiembre 2009. Grupo de entidades, modelo individual (Modelo 322)
  • Septiembre 2009. Grupo de entidades, modelo agregado (Modelo 353)
  • Tercer Trimestre 2009. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (Modelo 349)
  • Tercer Trimestre 2009. Servicios vía electrónica (Modelo 367)
  • Solicitud de devolución  Recargo de Equivalencia y sujetos pasivos ocasionales (Modelo 308)
  • Tercer Trimestre 2009. Declaración-Liquidación no periódica (Modelo 309)
  • Reintegro de compensaciones en el Régimen Especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca (Modelo 341)
  • Septiembre 2009. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA y del IGIC (Modelo 340)

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGURO

 

·        Septiembre 2009 (Modelo 430)

  

IMPUESTOS ESPECIALES

 

  • Tercer Trimestre 2009. (Modelo 553)
  • Julio 2009. Grandes empresas (Modelos 561, 562 y 563)
  • Julio 2009. Grandes Empresas (*) (Modelos 553, 554, 555, 556, 557 y 558)
  • Tercer Trimestre 2009. Excepto Grandes Empresas (Modelo 560)
  • Septiembre 2009. Grandes empresas (Modelo 560)
  • Septiembre 2009. Todas las empresas (Modelos 564 y 566)
  • Septiembre 2009. Todas las empresas (*) (Modelos 570 y 580)
  • Tercer Trimestre 2009. Todas las empresas (Modelo 595)
  • Tercer Trimestre 2009 (E-21)
  • Tercer Trimestre 2009. Solicitudes de devolución:
    • Introducción en depósito fiscal (Modelo 506)
    • Envíos garantizados (Modelo 507)
    • Ventas a distancia (Modelo 508)
    • Consumos de alcohol y bebidas alcohólicas (Modelo 524)
    • Consumo de hidrocarburos (Modelo 572)

(*) Los Operadores Registrados y no registrados, representantes fiscales y receptores autorizados (Grandes Empresas), utilizarán para todos los impuestos el Modelo 510.

 

IMPUESTO SOBRE VENTAS MINORISTAS DE DETERMINADOS HIDROCARBUROS

  • Tercer Trimestre 2009 (Modelo 569)

 

MES DE NOVIEMBRE

 

HASTA EL DÍA 2

 

NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL

 

  • Tercer Trimestre 2009. Cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito (Modelo 195)
  • Tercer Trimestre 2009. Relación de personas o entidades que no han comunicado su NIF al otorgar escrituras o documentos donde consten los actos o contratos relativos a derechos reales sobre bienes inmuebles (Modelo 197)

 

CUENTA CORRIENTE TRIBUTARIA

 

  • Solicitud de inclusión para el año 2010 (CCT)

La renuncia al sistema de cuenta corriente en materia tributaria, se deberá formular en el modelo de “solicitud de inclusión comunicación de renuncia al sistema de cuenta corriente tributaria”

 

RENTA

 

  • Ingreso del segundo plazo de la declaración anual de 2008, si se fraccionó el pago con o sin domiciliación en entidad colaboradora (Modelo 102)

 IMPUESTOS ESPECIALES

 

  • Octubre 2009. Todas las empresas (Modelo 511)

 

HASTA EL DÍA 20

 

RENTA Y SOCIEDADES

 

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas imputaciones de renta, ganancias de transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva o de aprovechamientos forestales de vecinos en montes públicos, rentas de arrendamientos de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

 

·        Octubre 2009. Grandes Empresas (modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126 y 128)

 

IVA

  • Octubre 2009. Régimen general, autoliquidación (Modelo 303).
  • Octubre 2009. Operaciones asimiladas a las importaciones (modelo 380).
  • Octubre 2009. Grupo de entidades, modelo individual (modelo 322)
  • Octubre 2009. Grupo de entidades, modelo agregado (modelo 353).
  • Octubre 2009. Declaración de operaciones incluidas en los libros registros del IVA y del IGIC (modelo 340) 

 

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

 

  • Octubre 2009 (modelo 430).

 

IMPUESTOS ESPECIALES

 

  • Agosto 2009. Grandes empresas (modelos 561, 562 y 563)
  • Agosto 2009. Grandes empresas  (*) (modelos 553, 554, 555, 556, 557 y 558)
  • Tercer Trimestre 2009. Excepto Grandes Empresas (Modelos 561, 562 y 563)
  • Tercer Trimestre 2009. Excepto Grandes Empresas (*) (Modelos 554, 555, 556, 557 y 558)
  • Octubre 2009. Todas las empresas (Modelos 564 y 566)
  • Octubre 2009. Todas las empresas (*) (Modelo 570 y 580)
  • Octubre 2009. Grandes Empresas (Modelo 560) 

 (*) Los Operadores registrados y no registrados, representantes fiscales y receptores autorizados (Grandes Empresas), utilizarán para todos los impuestos el modelo 510.

 

 

IVA

 

  • Solicitud de inscripción/renuncia en el Registro de Devolución Mensual (Modelo 036)
  • Solicitud de aplicación Régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2010 (Sin modelo)

Calendario Canarias
Calendario del Contribuyente

MES DE OCTUBRE

 

 

HASTA EL DÍA 20

 

IMPUESTO GENERAL INDIRECTO CANARIO

 

  • Modelo 410. De declaración-liquidación del IGIC correspondiente a septiembre.
  • Modelo 411. De declaración-liquidación del IGIG. Régimen general de devolución mensual correspondiente a septiembre.
  • Modelo 412. De declaración-liquidación del IGIC. Declaración ocasional correspondiente a septiembre.
  • Modelo 418. De declaración-liquidación del IGIC. Régimen especial del grupo de entidades correspondiente a septiembre.
  • Modelo 419. De declaración-liquidación. Régimen especial del grupo de entidades correspondiente a septiembre.
  • Modelo 420. Régimen general. Declaración correspondiente al tercer trimestre.
  • Modelo 421. Régimen simplificado. Declaración correspondiente al tercer trimestre.
  • Modelo 422. Régimen Agricultura y Ganadería. Declaración correspondiente al tercer trimestre.
  • Modelo 490. De declaración-liquidación. Régimen general devolución mensual fabricantes o comercializadores de labores de tabaco rubio correspondiente a septiembre.
  • Modelo 490. Régimen general fabricantes o comercializadores de labores de tabaco rubio correspondiente al mes de septiembre.

 

ARBITRIO SOBRE IMPORTACIONES Y ENTREGAS DE MERCANCÍAS EN LAS ISLAS CANARIAS

 

  • Modelo 450. Régimen general. Declaración liquidación correspondiente al tercer trimestre.

TASA FISCAL SOBRE EL JUEGO

 

  • Modelo 044. Casinos de juego. Declaración correspondiente al tercer trimestre.

 

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS

 

  • Modelo 610. Mes de octubre. Pago en metálico del Impuesto que grava los documentos negociados por entidades colaboradoras correspondientes al mes de septiembre.
  • Modelo 615. Mes de octubre. Pago en metálico del Impuesto que grava la emisión de documentos que lleven aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden correspondientes al mes de septiembre.

 

 

MES DE NOVIEMBRE

 

HASTA EL DÍA 2

 

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO

 

  • Modelo 430. Declaración-Liquidación  correspondiente al mes de septiembre 

 

HASTA EL DÍA 20

  

IMPUESTO GENERAL INDIRECTO CANARIO

 

  • Modelo 410. Grandes empresas. Declaración correspondiente al mes de octubre.
  • Modelo 411. Régimen general devolución mensual. Declaración correspondiente al mes de octubre.
  • Modelo 412. Declaración ocasional correspondiente al mes de octubre.
  • Modelo 418. Régimen especial del grupo de entidades correspondiente a octubre.
  • Modelo 419. Régimen especial del grupo de entidades correspondiente a septiembre.
  • Modelo 490. Régimen general devolución mensual fabricantes o comercializadores de labores de tabaco rubio correspondiente a octubre.
  • Modelo 490. Régimen general fabricantes o comercializadores de labores de tabaco rubio correspondiente al mes de octubre.

 

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS

 

  • Modelo 610. Mes de octubre. Pago en metálico del Impuesto que grava los documentos negociados por entidades colaboradoras correspondientes al mes de octubre.
  • Modelo 615. Mes de octubre. Pago en metálico del Impuesto que grava la emisión de documentos que lleven aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden correspondientes al mes de octubre.

 

HASTA EL DÍA 30

 

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO  

  • Modelo 430. Declaración-Liquidación  correspondiente al mes de octubre. 

 


Calendario de Navarra
Calendario del Contribuyente

MES DE OCTUBRE

 

 

 RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

 

  • Retenciones a cuenta (tercer trimestre 2009): del 1 al 20
  • Retenciones a cuenta empresas con facturación superior a 6.010.121,04 (septiembre 2009): del 1 al 20.
  • Fraccionamiento de pago (tercer trimestre 2009): Del 1 al 20.

 

IVA

 

  • General (tercer trimestre 2009): del 1 al 20
  • Simplificado (tercer trimestre 2009): del 1 al 20
  • Incluidos en el Registro de Devolución mensual y empresas con facturación superior a 6.010.121,04 Euros (septiembre 2009): del 1 al 20.
  • Declaración Recapitulativa de Operaciones Intracomunitarias (tercer trimestre 2009): del 1 al 20. 

 

IMPUESTOS ESPECIALES

 

  • Electricidad, Hidrocarburos y Tabaco (Declaración-liquidación mensual de septiembre 2009): Del 1 al 20.
  • Electricidad: Declaración-liquidación del tercer trimestre: Del 1 al 20
  • Cerveza, Productos Intermedios, Alcohol, y Bebidas Derivadas (Declaración-liquidación de julio): Del 1 al 20.
  • Declaración de operaciones (Declaración-liquidación julio 2009): Del 1 al 20.
  • Declaración de operaciones Vino y Bebidas Fermentadas mientras el tipo impositivo sea cero: (Declaración-liquidación tercer trimestre 2009): Del 1 al 20.
  • Declaración de operaciones Hidrocarburos y Tabaco (declaración-liquidación septiembre del 2009): del 1 al 20.

 

VENTAS MINORISTAS DE DETERMINADOS HIDROCARBUROS

 

  • Declaración-liquidación trimestral (Tercer trimestre 2009): Del 1 al 20.

  

SOCIEDADES

 

  • Pago fraccionado (normativa Navarra): Del 1 al 20.
  • 2º Pago fraccionado (normativa Estado): Del 1 al 20.
  • Retenciones a cuenta empresas con facturación superior a 6.010.121,04 € (septiembre 2009): Del 1 al 20.

PRIMAS DE SEGUROS

 

  • Pago (septiembre 2009): Del 1 al 20. 

 

NO RESIDENTES 

 

  • Retenciones a cuenta (tercer trimestre 2009): Del 1 al 20
  • Retenciones a cuenta empresas con facturación superior a 6.010.121,04 € (septiembre 2009). Del 1 al 20.

 

MES DE NOVIEMBRE 

 

RENTA DE PERSONAS FÍSICAS

 

  • Retenciones a cuenta empresas con facturación superior a 6.010.121,04 € (octubre 2009): del 1 al 21.
  • Pago segundo plazo (Declaración 2008): Hasta el día 20

 

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

 

  • Incluidos en el Registro de Devolución Mensual y Empresas con facturación superior a 6.010.121,04 € (julio y agosto 2009): Del 1 al 20.
  • Solicitud de alta o de baja en el Registro de Devolución Mensual para 2010: Del 1 al 30

 

IMPUESTOS ESPECIALES

 

  • Electricidad, Hidrocarburos y Tabaco (Declaración-liquidación mensual de octubre 2009): Del 1 al 20.
  • Cerveza, Productos Intermedios, Alcohol, y Bebidas Derivadas (Declaración-liquidación de agosto y tercer trimestre 2009): Del 1 al 20.
  • Declaración de operaciones (Declaración-liquidación agosto y tercer trimestre 2009): Del 1 al 20.
  • Declaración de operaciones Hidrocarburos y Tabaco (Declaración-liquidación octubre del 2009): del 1 al 20. 

 

SOCIEDADES

 

  • Retenciones a cuenta empresas con facturación superior a 6.010.121,04 € (octubre 2009): Del 1 al 20. 

 

PRIMAS DE SEGUROS

 

  • Pago (octubre 2009): Del 1 al 20. 

NO RESIDENTES

 

  • Retenciones a cuenta empresas con facturación superior a 6.010.121,04 € (octubre 2009): Del 1 al 20.

Calendario de Vizcaya
Calendario del Contribuyente

MES DE OCTUBRE

                                             

           

HASTA EL DÍA 7

 

IMPUESTOS ESPECIALES

 

  • Mod. 510. Declaración de operaciones de recepción del resto de UE.
  • Mod. 511.  Relación mensual de notas de entrega de productos con el impuesto devengado a tipo reducido, expedidos por el procedimiento de ventas en ruta.
  • Mod. 553. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de vinos y bebidas fermentadas.
  • Mod. 554. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de alcohol.
  • Mod. 555. Declaración de operaciones para el Impuesto de productos intermedios en fábricas y depósitos fiscales de productos intermedios.
  • Mod. 556. Declaración de operaciones para el Impuesto sobre el alcohol y las bebidas derivadas en fábricas y depósitos fiscales de productos intermedios.
  • Mod. 557. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de bebidas derivadas.
  • Mod. 558. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de cerveza.
  • Mod. 570. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de hidrocarburos.
  • Mod. 580. Declaración de operaciones en fábrica y depósitos fiscales de labores de tabaco.

 

HASTA EL DÍA 13

 

ACTIVIDADES ECONÓMICAS

 

  • Mod. Recibo – Impuesto sobre Actividades Económicas/Recurso Cameral Permanente

 

BIENES INMUEBLES

 

  • Mod. Recibo – Impuesto sobre Bienes Inmuebles gestionados por la Diputación.

 

HASTA EL DÍA 20

 

SOCIEDADES

 

  • Mod. 218 – Pago fraccionado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los sujetos pasivos y contribuyentes que tengan la consideración de gran empresa.
  • Mod. 222 – Pago fraccionado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades para los grupos fiscales, incluidos los de cooperativas que tributen por el régimen fiscal especial.

 

HASTA EL DÍA 26

 

IMPUESTOS ESPECIALES

  • Mod. 506. Solicitud de devolución por introducción en depósito fiscal.
  • Mod. 507. Solicitud de devolución en el sistema de envíos garantizados.
  • Mod. 508. Solicitud de devolución por el sistema de ventas a distancia.
  • Mod. 524. Solicitud de devolución de los impuestos especiales sobre el alcohol y las bebidas alcohólicas.
  • Mod. 560. Declaración-liquidación del Impuesto sobre la electricidad.
  • Mod. 561. Declaración-liquidación del Impuesto sobre la Cerveza.
  • Mod. 562. Declaración-liquidación del Impuesto sobre productos intermedios.
  • Mod. 563. Declaración-liquidación del Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas.
  • Mod. 564. Declaración-liquidación del Impuesto sobre Hidrocarburos.
  • Mod. 566. Declaración-liquidación del Impuesto sobre labores del tabaco.
  • Mod. 572. Solicitud de devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos.

 

 IRPF

 

  • Mod. 130. Pago fraccionado. Renta de las Personas Físicas.

 

IVA

 

  • Mod. 303. Autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Mod. 308. Devolución para sujetos pasivos ocasionales y en recargo de equivalencia.
  • Mod. 309. Declaración-liquidación no periódica. Adquisiciones intracomunitarias de medios de transporte nuevos por personas o entidades no empresarios o profesionales.
  • Mod. 310. Régimen simplificado de IVA
  • Mod. 322. Grupo de entidades. Modelo individual. Autoliquidación mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Mod. 340. Libros Contables.
  • Mod. 341. Compensación en el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.
  • Mod. 349. Resumen de operaciones intracomunitarias.
  • Mod. 353. Grupo de entidades. Modelo agregado. Autoliquidación mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido.

 

JUEGO

 

  • Mod. 042-C- Tasa casinos de juego.
  • Mod. 048. Tasa Fiscal sobre el Juego. Apuestas.

 

PRIMAS DE SEGURO

 

  • Mod. 430. Declaración-liquidación del Impuesto sobre Primas de Seguro.

 

RETENCIONES

 

  • Mod. 110. Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre rendimientos del trabajo, de determinadas actividades económicas y de premios.
  • Mod. 111. Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre rendimientos del trabajo, de determinadas actividades económicas y de premios.
  • Mod. 115. Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos procedentes del arrendamiento de bienes inmuebles urbanos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
  • Mod. 117. Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las Instituciones de Inversión Colectiva, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
  • Mod. 123. Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos del capital mobiliario, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
  • Mod. 124. Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos del capital mobiliario derivados de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capital es ajenos, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes.
  • Mod. 126. Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos explícitos del capital mobiliario obtenidos de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes.
  • Mod. 128. Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez a efectos de lo dispuesto en el Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes.

 

TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y AJD

 

  • Mod. 615. Pago en metálico del impuesto que grava la emisión de documentos que llevan aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden.

 

VEHÍCULOS NUEVOS, MATRICULACIÓN

 

  • Mod. 568. Solicitud de devolución por reventa y envío de medios de transporte fuera del Territorio.

 

VENTAS MINORISTAS DE HIDROCARBUROS

 

  • Mod. 569. Declaración-liquidación del Impuesto sobre ventas minoristas de determinados hidrocarburos. Relación de suministros exentos.

 

NOVIEMBRE

 

 

HASTA EL DÍA 2

 

OTROS

  • Mod. 038. Relación de operaciones por entidades inscritas en registros públicos.

 

HASTA EL DÍA 6

 

IMPUESTOS ESPECIALES

 

  • Mod. 510. Declaración de operaciones de recepción del resto de UE.
  • Mod. 511.  Relación mensual de notas de entrega de productos con el impuesto devengado a tipo reducido, expedidos por el procedimiento de ventas en ruta.
  • Mod. 553. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de vinos y bebidas fermentadas.
  • Mod. 554. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de alcohol.
  • Mod. 555. Declaración de operaciones para el Impuesto de productos intermedios en fábricas y depósitos fiscales de productos intermedios.
  • Mod. 556. Declaración de operaciones para el Impuesto sobre el alcohol y las bebidas derivadas en fábricas y depósitos fiscales de productos intermedios.
  • Mod. 557. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de bebidas derivadas.
  • Mod. 558. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de cerveza.
  • Mod. 570. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de hidrocarburos.
  • Mod. 580. Declaración de operaciones en fábrica y depósitos fiscales de labores de tabaco.

 

HASTA EL DÍA 10

 

IRPF

 

Mod. 40% IRPF.

 

 

HASTA EL DÍA 25

 

IMPUESTOS ESPECIALES

 

  • Mod. 560. Declaración-liquidación del Impuesto sobre la electricidad.
  • Mod. 561. Declaración-liquidación del Impuesto sobre la Cerveza.
  • Mod. 562. Declaración-liquidación del Impuesto sobre productos intermedios.
  • Mod. 563. Declaración-liquidación del Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas.
  • Mod. 564. Declaración-liquidación del Impuesto sobre Hidrocarburos.
  • Mod. 566. Declaración-liquidación del Impuesto sobre labores del tabaco.

 

IVA

 

  • Mod. 303. Autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Mod. 322. Grupo de entidades. Modelo individual. Autoliquidación mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Mod. 340. Libros Contables.
  • Mod. 353. Grupo de entidades. Modelo agregado. Autoliquidación mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido.

 

PRIMAS DE SEGURO

 

  • Mod. 430. Declaración-liquidación del Impuesto sobre Primas de Seguro.

 

RETENCIONES

 

  • Mod. 111. Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre rendimientos del trabajo, de determinadas actividades económicas y de premios.
  • Mod. 115. Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos procedentes del arrendamiento de bienes inmuebles urbanos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
  • Mod. 117. Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las Instituciones de Inversión Colectiva, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
  • Mod. 123. Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos del capital mobiliario, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
  • Mod. 124. Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos del capital mobiliario derivados de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capital es ajenos, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes.
  • Mod. 126. Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos explícitos del capital mobiliario obtenidos de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes.
  • Mod. 128. Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez a efectos de lo dispuesto en el Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes.

 

TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y AJD

  • Mod. 615. Pago en metálico del impuesto que grava la emisión de documentos que llevan aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden.

 

HASTA EL DÍA 30

 

OTROS

 

  • Mod. 038. Relación de operaciones por entidades inscritas en registros públicos.

Calendario de Álava
Calendario del Contribuyente

MES DE OCTUBRE

 

HASTA EL DÍA 7

 

IMPUESTOS ESPECIALES

 

  • Agosto 2009. Todas las empresas (*) (Modelos 570 y 580)
  • Agosto 2009. Grandes Empresas (*) (Modelos 554, 555, 556, 557 y 558)
  • Septiembre 2009. Operadores autorizados (Modelos 500, 503 y NE)
  • Septiembre 2009. Todas las empresas (Modelo 511).

(*) Los Operadores registrados y no registrados, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán para todos los impuestos el modelo 510.

 

 

HASTA EL DÍA 20

 

IMPUESTO DE SOCIEDADES

 

Pagos Fraccionados Sociedades y Establecimientos permanentes

 

Segundo pago a cuenta, empresas con volumen de operaciones en el Territorio Histórico de Álava que tributan bajo normativa común

 

  • Régimen General (Modelo 218)
  • Régimen de Consolidación fiscal (Modelo 222)

 

 HASTA EL DÍA 26

 

RENTA, SOCIEDADES Y NO RESIDENTES (con establecimiento permanente)

 

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, de actividades económicas, premios, arrendamiento de inmuebles urbanos, ganancias patrimoniales y capital mobiliario

 

  • Tercer trimestre 2009 (Modelos 110, 115-A, 117, 123, 124, 126 y 128)
  • Septiembre 2009. Grandes empresas (Modelos 111, 115-A, 117, 123, 124, 126 y 128)

IVA

 

  • Septiembre y tercer trimestre 2009. Autoliquidación (Modelo 303)
  • Septiembre 2009. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro (Modelo 340)
  • Septiembre 2009. Grupo de entidades. Modelo individual (Modelo 322)
  • Septiembre 2009. Grupo de entidades. Modelo agregado (Modelo 353)
  • Tercer trimestre 2009. Régimen Simplificado (Modelo 310)
  • Tercer trimestre 2009. Declaración-Liquidación no periódica (Modelo 309)
  • Tercer trimestre 2009. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (Modelo 349)
  • Solicitud devolución Recargo de Equivalencia y otros sujetos ocasionales (Modelo 308)
  • Reintegro de compensaciones en el R.E.A.G. y P (Modelo 341)

 

NO RESIDENTES (sin establecimiento permanente)

 

Retenciones e ingresos a cuenta

 

  • Tercer trimestre 2009 (Modelos 117 y 126)
  • Septiembre 2009. Grandes Empresas (Modelos 117 y 126)

Declaración colectiva

 

  • Tercer trimestre 2009 (Modelo 215)

 

 TRIBUTO SOBRE EL JUEGO

 

  • Juego mediante apuestas. Tercer trimestre 2009 (Modelo 048)

 

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGURO

 

  • Septiembre 2009 (Modelo 430)

  

IMPUESTOS ESPECIALES

 

  • Septiembre 2009. Impuesto sobre la Electricidad. Grandes Empresas (Modelo 560)
  • Tercer trimestre 2009. Impuesto sobre la Electricidad (Modelo 560)
  • Septiembre 2009. Todas las empresas (Modelo 564 y 566)
  • Julio 2009. Grandes Empresas (Modelos 561, 562 y 563)
  • Tercer trimestre 2009. Resumen primeras materias vínicas (E-21)
  • Tercer trimestre 2009. Resumen ventas de malta (Sin modelo)
  • Tercer trimestre 2009. Solicitudes de devolución:

-          Consumos de alcohol y bebidas alcohólicas (Modelo 524)

-          Consumo de hidrocarburos (Modelo 572)

-          Introducción en depósito fiscal, envíos garantizados y ventas a distancia (Modelos 506, 507 y 508)

 

 

IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS MINORISTAS DE HIDROCARBUROS

 

  • Tercer trimestre 2009 (Modelo 569)

 

 

MES DE NOVIEMBRE

 

  

HASTA EL DÍA 2

 

 

NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL

 

Declaración trimestral de cuentas u operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las Entidades de Crédito

 

  • Tercer trimestre 2009 (Modelo 195)

 

HASTA EL DÍA 6

 

IMPUESTOS ESPECIALES

 

  • Septiembre 2009. Todas las empresas (*) (Modelos 570 y 580)
  • Septiembre 2009. Grandes Empresas (*) (Modelos 554, 555, 556, 557 y 558)
  • Tercer trimestre 2009. Excepto Grandes Empresas (*) (Modelos 554, 555, 556, 557 y 558)
  • Tercer trimestre 2009. Todas las Empresas (Modelo 553)
  • Octubre 2009. Operadores Autorizados (Modelo 500, 503 y NE)
  • Octubre 2009. Todas las empresas (Modelo 511)

(*) Los Operadores registrados y no registrados, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán para todos los impuestos el modelo (Modelo 510)

 

 

HASTA EL DÍA 10

 

RENTA

 

Ingreso del 40% de la cuota de la Declaración anual, ejercicio 2008, para aquellos contribuyentes que optaron por la modalidad fraccionada.

 

Pagos fraccionados

 

  • Actividades empresariales/profesionales: Tercer trimestre de 2009. Liquidación de oficio por parte de la Diputación, (salvo en el supuesto de inicio de actividad en el año 2009 en cuyo caso, el sujeto pasivo efectuará la autoliquidación en el modelo 130) (Modelo 130)

 

HASTA EL DÍA 25

 

RENTA, SOCIEDADES Y NO RESIDENTES (con establecimiento permanente)

 

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, de actividades económicas, premios, arrendamiento de inmuebles urbanos, ganancias patrimoniales y capital mobiliario

 

  • Octubre 2009. Grandes Empresas (Modelos 111, 115-A, 117, 123, 124, 126 y 128) 

IVA

 

  • Octubre 2009. Autoliquidación (Modelo 303)
  • Octubre 2009. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro (Modelo 340)
  • Octubre 2009. Grupo de entidades. Modelo individual (Modelo 322)
  • Octubre 2009. Grupo de entidades. Modelo agregado (Modelo 353)

 

NO RESIDENTES (sin establecimiento permanente)

 

Retenciones e ingresos a cuenta

  • Octubre 2009. Grandes Empresas (Modelo 117 y 126)

 

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGURO

 

  • Octubre 2009 (Modelo 430)

 

IMPUESTOS ESPECIALES

  • Octubre 2009. Impuesto sobre la Electricidad. Grandes Empresas (Modelo 560)
  • Octubre 2009. Todas las empresas (Modelos 564 y 566)
  • Agosto 2009. Grandes Empresas (Modelos 561, 562 y 563)
  • Tercer trimestre 2009. Excepto Grandes Empresas (Modelos 561, 562 y 563)

 

DURANTE TODO EL MES

 

IVA

 

Solicitud de aplicación de un régimen de deducción común para los sectores diferenciados comprendidos en el art. 9, 1º c) a`) de la Norma del Impuesto para el año 2010.


Calendario de Guipúzcoa
Calendario del Contribuyente

 

 

MES DE OCTUBRE

 

DESDE EL DÍA 1

 

TRIBUTOS LOCALES. IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

  • Inicio campaña recibos IAE

 

HASTA EL DÍA 6

 

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

 

  • Agosto 2009. Grandes empresas (*) (modelos 553, 554, 555, 556, 557 y 558)
  • Agosto 2009. Todas las empresas (*) (modelos 570 y 580)
  • Septiembre 2009. Todas las empresas. Ventas en ruta (modelo 511).

 (*) Los Operadores registrados y no registrados, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán para todos los impuestos el modelo 510.

 

 

HASTA EL DÍA 20

 

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES E IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES

 

Exclusivamente para entidades a las que les sea de aplicación la normativa estatal:

 

  • Pagos fraccionados. Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes con establecimiento permanente (Modelo 202)
  • Pagos fraccionados. Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes con establecimiento permanente. Grandes Empresas (Modelo 218)
  • Pagos fraccionados. Impuesto sobre Sociedades. Régimen de consolidación fiscal (Modelo 222)

 

HASTA EL DÍA 26

 

RENTA, SOCIEDADES Y NO RESIDENTES CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE

 

Retenciones e ingresos a cuenta

  • Tercer trimestre 2009 (Modelos 110, 115, 117, 123, 124, 126 y 128)
  • Septiembre 2009. Grandes empresas (Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126 y 128)

(Volumen de ingresos superior a 6.010.121,04 euros)

 

NO RESIDENTES SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE

 

Retenciones e ingresos a cuenta

  • Tercer trimestre 2009 (Modelos 117 y 216)
  • Septiembre 2009. Grandes empresas (Modelos 117 y 216)

Declaración colectiva

  • Tercer trimestre 2009 (Modelo 215) 

IVA

 

Tercer trimestre 2009

  • Régimen general (Modelo 300)
  • Régimen simplificado (Modelo 310)
  • Régimen general + régimen simplificado (Modelo 370)
  • Recargo de equivalencia. Solicitud de devolución (Modelo 308)
  • Declaración resumen recapitulativo de operaciones con sujetos pasivos de la UE (Modelo 349)
  • Contribuyentes que no presentan declaraciones-liquidaciones periódicas del IVA y han efectuado, entre otras, adquisiciones intracomunitarias de bienes u operaciones con inversión del sujeto pasivo (Modelo 309)
  • Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca. Solicitud de devolución (Modelo 341)

Septiembre 2009

  • Grandes empresas (Modelo 320)
  • Grupo de entidades. Modelo individual (Modelo 322)
  • Autoliquidación mensual de IVA. Registro de devoluciones mensuales (Modelo 330)
  • Declaración de operaciones incluidas en los libros registro de IVA (Modelo 340)
  • Grupo de entidades. Modelo agregado (Modelo 353)

 

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS

 

  • Actos Jurídicos Documentados. Documentados negociados por entidades colaboradoras. Septiembre 2009 (Modelo 610)

 

TRIBUTO SOBRE EL JUEGO

 

  • Casinos de juego. Tercer trimestre 2009 (Modelo 042)
  • Juego mediante apuestas. Tercer trimestre 2009 (Modelo 048)

 

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGURO

 

  • Septiembre 2009 (Modelo 430)

  

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

 

  • Julio 2009. Grandes empresas (Modelos 561, 562 y 563)
  • Septiembre 2009. Todas las empresas (Modelos 564 y 566)
  • Septiembre 2009. Grandes empresas (Modelo 560)
  • Tercer trimestre 2009. Excepto grandes empresas (Modelo 560)

 

IMPUESTO SOBRE VENTAS MINORISTAS DE DETERMINADOS HIDROCARBUROS

 

  • Tercer trimestre 2009. Todas las empresas (Modelo 569)

 

 HASTA EL DÍA 31

 

IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES, E IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS

 

Declaración trimestral de documentos autorizados por los notarios:

·        Tercer trimestre 2009 (Modelo 060)

 

Declaración informatizada trimestral de documentos autorizados por los notarios:

·        Tercer trimestre 2009 (Modelo N60)

 

IDENTIFICACIÓN FISCAL

·        Tercer trimestre de 2009 (Modelos 195 y 197)

 

 

 

MES DE NOVIEMBRE

 

 

HASTA EL DÍA 6

 

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

 

  • Septiembre 2009. Grandes empresas (*) (modelos 553, 554, 555, 556, 557 y 558).
  • Septiembre 2009. Todas las empresas (*) (modelos 570 y 580)
  • Octubre 2009. Todas las empresas. Venta en ruta (modelo 511)
  • Tercer trimestre 2009. Excepto Grandes Empresas (*) (Modelos 553, 554, 555, 556, 557 y 558)

(*) Los Operadores registrados y no registrados, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán para todos los impuestos el modelo 510

 

HASTA EL DÍA 10

 

RENTA

 

Pagos fraccionados. Actividades económicas. Tercer trimestre 2009 (Modelo 130)

 

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Cargo en cuenta corriente del 2º plazo de pago del IRPF 2008 (40%)

 

TRIBUTOS LOCALES. IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS(*)

 

Fin de plazo pago del ejercicio 2009

 

  • El período de pago de este Impuesto comienza el 1 de octubre de 2009 y finaliza el 10 de noviembre de 2009.
  • En caso de recibos no domiciliados, si se aproxima al fin del plazo de pago y el contribuyente no ha recibido en su domicilio el recibo, deberá solicitarlo en las oficinas tributarias de Hacienda de Donostia o de la provincia, salvo que el correspondiente ayuntamiento tenga asumido su cobro, en cuyo caso deberá solicitarlo al ayuntamiento en cuestión.
  • Se advierte que quienes no hayan satisfecho este recibo el día 10 de noviembre tendrán un recargo de apremio, iniciándose el procediendo de cobro por vía de apremio. 

DESDE EL DÍA 20

 

TRIBUTO SOBRE EL JUEGO

 

Se inicia el plazo de solicitud de alta, modificación o baja en el sistema de domiciliación del pago del tributo sobre el juego mediante máquinas o aparatos automáticos, finalizando dicho plazo el 5 de diciembre para que la domiciliación surta efectos desde el cuarto trimestre del año natural (octubre-diciembre) (Modelo 44D)

 

 

HASTA EL DÍA 25

 

RENTA, SOCIEDADES Y NO RESIDENTES CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE

 

Retenciones e ingresos a cuenta

  • Octubre 2009. Grandes empresas (Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126 y 128)

 

Volumen de ingresos superior a 6.010.121,04 euros

 

 

NO RESIDENTES SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE

 

Retenciones e ingresos a cuenta

  • Octubre 2009. Grandes empresas (Modelos 117 y 216)

 

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

 

  • Grandes empresas. Octubre 2009 (Modelo 320)
  • Grupo de entidades. Modelo individual. Octubre 2009 (Modelo 322)
  • Autoliquidación mensual de IVA. Registro de devoluciones mensuales Octubre 2009 (Modelo 330)
  • Declaración de operaciones incluidas en los libros registro de IVA (Modelo 340)
  • Grupo de entidades. Modelo agregado. Octubre 2009 (Modelo 353)

 

 IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS

 

·        Actos Jurídicos Documentados. Documentos negociados por entidades colaboradoras. Octubre 2009 (Modelo 610)

 

IMPUESTOS SOBRE PRIMAS DE SEGURO

 

·        Octubre 2009 (Modelo 430)

 

 

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

 

·        Agosto 2009. Grandes empresas (Modelos 561, 562 y 563)

·        Octubre 2009. Todas las empresas (Modelos 564 y 566)

·        Tercer trimestre 2009. Excepto grandes empresas (Modelos 561, 562 y 563)

·        Octubre 2009. Grandes empresas (modelo 560)

 

 

HASTA EL DÍA 30

 

DECLARACIÓN CENSAL

 

IVA.- Solicitud de inclusión o baja en el Registro de devoluciones mensuales (Modelo 036)

 


Legislación
Legislación fiscal y de interés (selección)(01-07-2009 a 31-08-2009)

PROCEDIMIENTO DE RECAUDACION

 

Resolución de 10 de julio de 2009, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece el procedimiento para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de crédito para diligencias de cuantía igual o inferior a 20.000 euros. (BOE 2009-07-22)

 

 

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

 

Directiva 2009/69/CE del Consejo, de 25 de junio de 2009, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido en lo que respecta a la evasión fiscal vinculada a la importación. (DOCE L N º 175, de 4 de julio de 2009)

 

 

TASAS

Real Decreto 1257/2009, de 24 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 754/2005, de 24 de junio, por el que se regula el régimen de la tasa láctea.

(BOE 2009-07-25)

 

IMPUESTOS ESPECIALES

Reglamento (CE) no 684/2009 de la Comisión, de 24 de julio de 2009, por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2008/118/CE del Consejo en lo que respecta a los procedimientos informatizados aplicables a la circulación de productos sujetos a impuestos especiales en régimen suspensivo. (DOCE L nº 197 de 29 de julio de 2009)

 

 

Orden EHA/2041/2009, de 16 de julio, por la que se aprueba el modelo 159 de declaración anual de consumo de energía eléctrica, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación en soporte directamente legible por ordenador y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática.

(BOE 2009-07-29)

 

 

Resolución de 20 de julio de 2009, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se desarrolla la disposición adicional segunda de la Resolución de 26 de diciembre de 2005, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de competencias en el área de recaudación. (BOE 2009-07-29)

 

 

OTRAS DISPOSICIONES DE INTERÉS

 

Resolución de 21 de julio de 2009, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 17 de julio de 2001, por la que se dictan instrucciones para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de depósito. (BOE 2009-07-31)

 

 

Planes y fondos de pensiones. Reglamento. Real Decreto 1299/2009, de 31 de julio, por el que se modifica el Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero. (BOE 2009-08-01)

 

 

 

COMUNIDADES AUTÓNOMAS

 

A) Canarias

 

ORDEN de 22 de julio de 2009, por la que se establecen los modelos de garantía en relación a los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias exigibles con ocasión de la importación de bienes. (DOC 5-8-2009)

 

 

B) Cantabria

 

 Orden HAC/18/2009, de 15 de julio, por la que se aprueba el modelo de documento de ingreso 524 Liquidaciones: Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, Tasas y Otros Ingresos de Derecho Público. (BOC 30-7-2009)

 

Decreto 64/2009, de 13 de agosto, por el que se modifica parcialmente la estructura básica y orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, con adscripción a la Agencia Cántabra de Administración Tributaria. (BOC 21-8-2009)

 

Ley de Cantabria 2/2009, de 3 de julio, de Modificación de la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria. (BOC 10-7-2009)

 

 

C) Cataluña

 

 

RESOLUCIÓN ECF/1975/2009, de 9 de julio, por la que se amplían los medios de pago que se pueden utilizar por vía telemática para el pago de deudas tributarias gestionadas por la Agencia Tributaria de Cataluña. (DOGC 15-7-2009)

 

Agencia Tributaria de Cataluña

RESOLUCIÓN ECF/1996/2009, de 8 de julio, por la que se modifica la Resolución ECF/163/2008, de 24 de enero, por la que se establecen los órganos competentes en materia de aplazamientos, fraccionamientos y en el supuesto de pago de deudas tributarias en especie. (22-7-2009)

 

 

D) Extremadura

 

Hacienda Pública.- Orden de 20 de julio de 2009 por la que se desarrolla el artículo 27 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y se fija la cuantía de las deudas para cuyo aplazamiento o fraccionamiento no se exigirá garantía. (DOE 24-7-2009)

 

 

E) Galicia

 

Orden de 16 de julio de 2009 reguladora del sistema, formatos y especificaciones de los medios establecidos para la obtención de datos por el módulo Subvenciones, para la formación de los registros de ayudas, subvenciones, convenios y de sanciones, y para la remisión de información a la base de datos nacional de subvenciones. (DOG 28-7-2009)

 

Orden de 30 de julio de 2009 por la que se desarrolla el Reglamento del impuesto sobre la contaminación atmosférica. (DOG 14-8-2009)

 

 

F) Madrid

 

LEY 4/2009, de 20 de julio, de Medidas Fiscales contra la Crisis Económica. (BOCAM 27-7-2009)

 

 

G) La Rioja

 

Ley 2/2009, de 23 de junio, de medidas urgentes de impulso a la actividad económica. (BOR 1-7-2009)

 

 

REGÍMENES ESPECIALES POR RAZON DEL TERRITORIO

 

a) Régimen Foral de Navarra

 

ORDEN FORAL 132/2009, de 3 de julio, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se regulan los supuestos en los que será obligatoria la presentación por vía telemática y en soporte legible por ordenador de las declaraciones-liquidaciones, autoliquidaciones, declaraciones resumen anual, declaraciones informativas, así como de las comunicaciones y de otros documentos previstos por la normativa tributaria. (BON 14-8-2009)

 

ORDEN FORAL 133/2009, de 3 de julio, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se determinan las causas excepcionales que pudieran dar lugar a la resolución del contrato de compraventa de la vivienda habitual, así como los requisitos que habrán de cumplirse para reintegrar en la cuenta vivienda las cantidades dispuestas, con el fin de que de ello no se derive el incumplimiento de la obligación establecida en el artículo 62.1.a) de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. (BON 14-8-2009)

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