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Julio 2010
 
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 VÍA LIBRE A LAS SUBIDAS DE IMPUESTOS AUTONÓMICOS
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Vía libre a las subidas de impuestos autonómicos
El banderazo de salida lo dió el presidente Rodríguez Zapatero. Tras hablar de la necesidad de elevar los ingresos y de la posibilidad de aplicar mayores impuestos a ?los que más tienen?, las comunidades autónomas gobernadas por el mismo partido en el Gobierno nacional ?el PSOE- no han tardado en anunciar su particular respuesta: subidas del IRPF. Y en muchos casos de otros tributos.

La primera en abrir fuego ha sido Cataluña. La Generalitat ha puesto encima de la mesa una reforma basada en una subida del impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP), que grava principalmente la compraventa de viviendas de segunda mano, y el impuesto sobre actos jurídicos documentados (AJD), que carga sobre la constitución de hipotecas. Pretende aumentar el tipo impositivo en un punto, del 7% al 8%, para el ITP, y equipararlo así a la subida del IVA que ha empezado ya a aplicarse en la vivienda nueva. El repunte en el ITP implicaría unos ingresos anuales de unos 100 millones de euros aproximados, según los cálculos oficiales. El plan catalán implica también una subida del tipo máximo del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas a través del tramo autonómico. Así, desde el 43% que conforma la suma del tipo nacional y del autonómico, se pasará a un tipo del 45% a partir de 120.000 euros de ingresos anuales por contribuyente y al 47% a partir de 175.000 euros.

Extremadura y Andalucía se suman a esta decisión de elevar los impuestos a partir del próximo año. El presidente extremeño, Guillermo Fernández Vara, ha anunciado de este modo una subida del tipo marginal del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en el tramo autonómico, para los ingresos superiores a 60.000 euros. Y su homólogo en Andalucía, José Antonio Griñán, ha presentado un paquete de medidas fiscales que incluye tres nuevos tramos en la tarifa autonómica del IRPF para los ingresos superiores a 80.000 euros, la implantación del céntimo sanitario y la creación de tributos sobre los depósitos de las entidades de crédito en Andalucía y las bolsas de plástico de un solo uso.

Según estas modificaciones, en Extremadura, el tramo autonómico del IRPF se incrementará en un 0,5% para las rentas anuales superiores a 60.000 euros; un 1% para las rentas de más de 80.000 euros; un 2% para las que superan los 100.000 euros; y un 3% para las rentas de más de 120.000 euros, pasando en este caso del 43% actual al 46%. Fernández Vara anunció otras medidas fiscales que acompañarán a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2011, entre ellas, un incremento del 15% en el impuesto sobre los depósitos bancarios. Además, se llevará cabo una modificación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales para inmuebles de valor superior a 240.000 euros. En este caso, la subida será: de un punto (hasta el 8%) para los inmuebles de más de 240.000 y por debajo de 360.000 euros; de dos puntos (hasta el 9%) para los de más de 360.000 y menos de 600.000; y de tres puntos (hasta el 10%) para los de valor superior a 600.000 euros. La junta incrementará, además, en 2 céntimos el precio del litro de gasóleo y en 2,4 céntimos el del litro de gasolina por medio del denominado céntimo sanitario.

Por su parte, Griñán recurrirá a la creación de nuevos tramos en la tarifa autonómica del IRPF. Así Andalucía establecerá un tipo del 22,5% para las rentas anuales entre 80.000 y 100.000 euros; del 23,5% para las que se encuentren en la horquilla entre 100.000 y 120.000 euros; y del 24,5% para las de más de 120.000 euros, lo que supone un incremento de uno, dos y tres puntos, respectivamente. Pero quizás lo más polémico de las medidas anunciadas por Andalucía ha sido el nuevo impuesto sobre los depósitos de las entidades de crédito con presencia física en Andalucía, que supondrá un peaje de un 0,3% hasta los 150 millones de euros en depósitos; un 0,4% hasta los 600 millones y un 0,5% para más de 600 millones. Según explicó, serán deducibles de la cuota del impuesto los préstamos, créditos e inversiones que se destinen a proyectos públicos y privados de la estrategia de Andalucía Sostenible y la Obra Social de las cajas de ahorros. Las reformas andaluzas también incluirán impuestos verdes. El presidente andaluz ha anunciado un impuesto sobre las bolsas de plástico de un solo uso, de 10 céntimos por bolsa; un incremento del tipo del impuesto de residuos radiactivos, que pasará de 7.000 a 10.000 euros por metro cúbico de residuo de baja y media actividad; y un impuesto especial sobre medios de transporte "altamente contaminantes", con un aumento del tipo del 14,75% al 16% para quads y motos náuticas; y del 12% al 13,2% para embarcaciones y buques de recreo. Estas subidas se combinan con el céntimo sanitario con los siguientes tipos: 24 euros por cada 1.000 litros para gasolinas, gasóleo y queroseno de uso general; dos euros por cada 1.000 litros para gasóleo de usos especiales y calefacción; y un euro por tonelada para fuelóleo.

Asturias también entra en esta carrera: aplicará subidas del IRPF para las rentas superiores a 100.000 euros y no descarta elevar otros tributos como el de Sucesiones o Transmisiones. E Islas Baleares seguirá el mismo camino, con alzas del IRPF para las rentas superiores a 100.000 euros. Cantabria, por su parte, ha hablado de subidas temporales de este impuesto también para los tramos más altos.

El problema de todas estas medidas parece ser el de que las cuentas oficiales de recaudación no encaja con la realidad. Un estudio de la Fundación de Cajas de Ahorros –Funcas- ha elaborado el cálculo de la utilidad real a efectos recaudatorios que tienen estas subidas del IRPF. El cálculo parte de la hipótesis de que estas medidas se extendiesen a toda España. Y evalúa el impacto recaudatorio según se aplicase en todo el territorio nacional cada uno de los distintos esquemas anunciados en esas autonomías de mandato socialista. Así,  con la subida extremeña aplicada en toda España se lograría una recaudación anual de 746 millones de euros. Con la subida andaluza el impacto quedaría en 681 millones. Y con la catalana, se limitarían a 587 millones. Cuantías, todas ellas, que difícilmente solucionarán los problemas recaudatorios reales de España.


Notas de actualidad fiscal
Se reitera la doctrina jurisprudencial según la cual la remuneración de los administradores, para que sea deducible, ha de estar fijada en los estatutos, no siendo suficiente que haya sido aprobada por el órgano competente. Es necesario que los estatutos precisen el sistema retributivo, y en caso de establecerse una participación en beneficios, el porcentaje debe estar perfectamente determinado, no siendo suficiente la fijación de un límite máximo. (STS 21 de enero de 2010)

Tratamiento del exceso de adjudicación, en una disolución de comunidad de bienes sobre una vivienda, teniendo en cuenta que entre los propietarios hay un pago en metálico y la asunción de pago de parte del préstamo hipotecario. El exceso originado por su adjudicación a uno de ellos cuando éste sea compensado en metálico por su parte, no está sujeto a la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas al ser un exceso de adjudicación inevitable, por tratarse de un bien indivisible o que desmerecería mucho por su división, teniendo la consideración de compensación en metálico la asunción por el adjudicatario de la parte de la deuda del otro copropietario en el préstamo hipotecario común.

(DGT 01/03/2010)


Entidad que realiza pagos por los que no tiene justificante, y otros realizados mediante tarjeta. Justificación de pagos realizados. Los gastos necesarios para el ejercicio de si actividad constituirán gasto fiscalmente deducible a e efectos del Impuesto sobre Sociedades siempre que cumplan con las condiciones legalmente establecidas en términos de inscripción contable, devengo, correlación de ingresos y gastos y justificación de la realidad de la operación por cualquier medio de prueba generalmente admitido en derecho. Dichos gastos se justificarán preferentemente mediante las correspondientes facturas que los empresarios o profesionales están obligados a expedir. A efectos de IVA, ni un mero documento justificante de transporte ni un justificante bancario de pago con tarjeta cumplen con los requisitos que impone la norma para ser considerados como factura, por lo que las cuotas soportadas por este impuesto no son deducibles.

(DGT 12/03/2010)


Registro de autofacturas. En las facturas expedidas por el destinatario cuando hay inversión del sujeto pasivo deben consignarse doblemente los datos del expedidor en su condición de tal y como destinatario de las operaciones y, además, los del proveedor correspondiente. Por tanto, serán los datos de dicho proveedor, consignados en la factura expedida por la entidad destinataria de la operación, los que deben ser objeto de anotación en el Libro Registro de facturas expedidas. Dichas facturas deben anotarse también en el Libro Registro de facturas recibidas. En particular, en cuanto a los datos del obligado a su expedición, se consignarán los del sujeto pasivo (el destinatario del servicio) que, conforme a lo establecido en la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, debe cumplir con dicha obligación.

(DGT 30/03/2010)


La transmisión de inmuebles pertenecientes a una empresa promotora en subasta judicial, en el curso de un proceso de ejecución hipotecaria, supone una entrega de bienes sujeta al IVA, debiendo considerarse a la empresa promotora como transmitente, aún cuando la adjudicación la realice el órgano judicial. La suplantación del órgano judicial del deudor se produce únicamente en el plano instrumental o documental, pero no en el plano sustantivo, ni a efectos jurídico-privados ni a efectos fiscales. Una consecuencia de ello es que la transmisión ha de considerarse como una operación realizada en el desarrollo de la actividad empresarial o profesional del promotor-deudor. Otra consecuencia es que el órgano judicial debe expedir factura, en nombre del deudor, con todos los requisitos para la deducción del IVA por el adquirente.

(STS 18 de noviembre de 2009)


Noticiario
El Gobierno abandona a la empresa durante la campaña de Sociedades Pymes y grandes firmas no saben cómo declarar sus operaciones vinculadas, ya que el Decreto que modifica las obligaciones de documentación no entra en vigor hasta dentro de 10 días. Expansión (02/07/2010)

Los planes de empleo centran las peticiones de reformas

En otoño se conocerán las propuestas de la Comisión del Pacto de Toledo del Congreso de los Diputados ante la que los expertos han lanzado sus peticiones para reformar las jubilaciones. Una parte defiende la necesidad de fomentar las pensiones de empresas.

Expansión (14/07/2010)


Salgado abre la puerta a subir los impuestos que pagan las empresas

La ministra asegura que la tributación real debe acercarse más al tipo teórico

El Economista (13/07/2010)


Gran pacto fiscal para evitar los tribunales

Hacienda quiere recaudar rápido y negocia un código de buena conducta para empresas. Sustituirá los juicios por acuerdos económicos y reformará el Impuesto de Sociedades.

El Mundo (12/07/2010)


Los resultados empresariales mejoran a golpe de ajustes

Los indicadores de consumo privado muestran un comportamiento algo más débil en los últimos meses

El Economista (01/07/2010)


Aedaf pide aclararlas vinculadas para la campaña de Sociedades

Los asesores fiscales presentaron ayer observaciones adicionales al Consejo de Estado. Alertan de que con el Decreto divergirá el límite de las obligaciones de documentación y el de las de información.

Expansión (25/06/2010)


Salgado: «Este año decidiremos sobre las subidas de impuestos»

«Tomaremos una decisión sobre los impuestos antes de final de año»

ABC (24/06/2010)


Hacienda agota el margen de recortes

El gobierno ve ahora poco margen para recortar los gastos corrientes

Expansión (23/06/2010)


OCDE y España: distintas listas de paraísos fiscales

Mientras que la OCDE ha reducido considerablemente su lista de paraísos fiscales, de la lista española sólo han desaparecido siete países

Cinco Días (21/06/2010)


Los analistas ven inevitable una nueva subida de impuestos

El compromiso del Gobierno para reducir el déficit al 3%% del PIB en 2013 hará necesarios nuevos ajustes

Expansión (21/06/2010)


Calendario del territorio común
Calendario del contribuyente

AGOSTO 2010

HASTA EL 2:

NÚMERO DE INDENTIFICACIÓN FISCAL

  • Segundo trimestre 2010. Cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito. Modelo 195.
  • Segundo trimestre 2010. Relación de personas o entidades que no han comunicado su NIF al otorgar escrituras o documentos donde consten los actos o contratos relativos a derechos reales sobre bienes inmuebles. Modelo 197.


HASTA EL 20:

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Mayo 2010. Grandes Empresas (*). Modelos 553, 554, 555, 556, 557 y 558.
  • Mayo 2010. Grandes Empresas. Modelos 561, 562 y 563.
  • Julio 2010. Grandes Empresas. Modelo 560.
  • Julio 2010 (*). Modelo 570 y 580.
  • Segundo trimestre 2010. Excepto Grandes Empresas (*) Modelos 553, 554, 555, 556, 557 y 558.
  • Segundo trimestre 2010. Excepto Grandes Empresas. Modelos 561, 562 y 563.

(*) Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados (Grandes Empresas), utilizarán para todos los impuestos el modelo 510.

DURANTE TODO EL MES

Se podrán presentar durante todo el mes de agosto las declaraciones correspondientes al mes de julio de Renta, Sociedades, IVA e Impuesto sobre las Primas de Seguros, cuyo plazo de presentación concluye el 20 de septiembre.


SEPTIEMBRE 2010


HASTA EL 20

RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

  • Julio y agosto 2010. Grandes Empresas. Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126 y 128.


IVA

  • Julio y agosto 2010. Régimen General. Autoliquidación. Modelo 303.
  • Julio y agosto 2010. Grupo de entidades, modelo individual. Modelo 322.
  • Julio y agosto 2010. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA y del IGIC. Modelo 340.
  • Julio y agosto 2010. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349.
  • Julio y agosto 2010. Grupo de entidades, modelo agregado. Modelo 353.
  • Julio y agosto 2010. Operaciones asimiladas a las importaciones. Modelo 380.


IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

  • Julio y agosto 2010. Modelo 430.


IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Junio 2010. Grandes Empresas (*). Modelos 553, 554, 555, 556, 557 y 558.
  • Junio 2010. Grandes Empresas. Modelos 561, 562 y 563.
  • Agosto 2010. Grandes Empresas. Modelo 560.
  • Agosto 2010. Modelos 564 y 566.
  • Agosto 2010 (*). Modelo 570 y 580.

(*) Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados (Grandes Empresas), utilizarán para todos los impuestos el modelo 510.

 


Calendario de Canarias
Calendario del contribuyente

MES DE AGOSTO


HASTA EL 2

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO

  • Modelo 430. Declaración-Liquidación correspondiente al mes de junio


HASTA EL 20

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS

  • Modelo 610. Correspondiente al mes de julio. Pago en metálico del impuesto que grava los documentos negociados por entidades colaboradoras.
  • Modelo 615. Correspondiente al mes de julio. Pago en metálico del impuesto que grava la emisión de documentos que lleven aparejada acción cambiaria o sean endosados a la orden.


HASTA EL 31


IMPUESTO ESPECIAL SOBRE COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO

  • Modelo 430. Declaración-Liquidación correspondiente al mes de julio

 

MES DE SEPTIEMBRE


HASTA EL 20

IMPUESTO GENERAL INDIRECTO CANARIO

  • Modelo 410. Grandes Empresas. Correspondiente a los meses de julio y agosto.
  • Modelo 411. Régimen general de devolución mensual. Correspondiente a los meses de julio y agosto.
  • Modelo 412. Declaración ocasional. Correspondiente a los meses de julio y agosto.
  • Modelo 418. Régimen especial del grupo de entidades. Correspondiente a los meses de julio y agosto.
  • Modelo 419. Régimen especial del grupo de entidades. Correspondiente a los meses de julio y agosto.
  • Modelo 490. Grandes empresas fabricantes o comercializadoras de labores de tabaco rubio. Correspondiente a los meses de julio y agosto.
  • Modelo 490. Régimen general devolución mensual fabricantes o comercializadoras de labores de tabaco rubio. Correspondiente a los meses de julio y agosto.

 

TASA FISCAL SOBRE EL JUEGO

  • Modelo 045. Máquinas recreativas. Correspondiente al tercer trimestre.
  • Modelo 046. Máquinas recreativas. Correspondiente al tercer trimestre.


IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS

  • Modelo 610. Pago en metálico del impuesto que grava los documentos negociados por entidades colaboradoras. Correspondiente al mes de agosto.
  • Modelo 615. Pago en metálico del impuesto que grava la emisión de documentos que lleven aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden. Correspondiente al mes de agosto.

 


Calendario de Navarra
Calendario del contribuyente

MES DE AGOSTO

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

  • Retenciones a cuenta (2º trimestre 2010): Del 1 al 5
  • Retenciones a cuenta Empresas fact. > 6.010.121,04 €  (junio 2010): Del 1 al 5
  • Fraccionamientos de pago (2º trimestre 2010): Del 1 al 5

I.V.A.

  • General (2º trimestre 2010): Del 1 al 5
  • Simplificado (2º trimestre 2010): Del 1 al 5
  • Incluidos en Registro de Devolución Mensual  y Empresas fact. > 6.010.121,04 €  (junio 2010): Del 1 al 5
  • Declaración recapìtulativa de Operaciones Intracomunitarias (2º trimestre 2010 y Junio 2010): Del 1 al 5

IMPUESTOS ESPECIALES

  • Electricidad, Hidrocarburos y Tabaco (Declaración-liquidación mensual de julio 2010): Del 1 al 20.
  • Cerveza, Productos Intermedios, Alcohol y Bebidas Derivadas (Declaración-liquidación de mayo): Del 1 al 20.
  • Declaración de operaciones Cervera, Productos Intermedios, Alcohol y Bebidas Derivadas (Declaración mayo): Del 1 al 20
  • Declaración de operaciones Hidrocarburos y Tabaco (Declaración julio del 2010): del 1 al 20

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

  • Retenciones a cuenta (2º trimestre 2010): Del 1 al 5
  • Retenciones a cuenta Empresas fact. > 6.010.121,04 €  (junio 2010): Del 1 al 5

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

  • Pago (julio 2010): Todo el mes

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES

  • Retenciones a cuenta empresas con facturación > 6.010.121,04 €  (julio 2010): Todo el mes.


MES DE SEPTIEMBRE

 

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

  • Retenciones a cuenta Empresas fact. > 6.010.121,04 €  (julio y agosto 2010): Del 1 al 20

I.V.A.

  • Incluidos en Registro de Devolución Mensual  y Empresas fact. 6.010.121,04 €  (julio y agosto 2010): Del 1 al 20
  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (Julio 2010, Agosto 2010 y Bimensual: Julio-Agosto 2010): Del 1 al 20

IMPUESTOS ESPECIALES

  • Electricidad, Hidrocarburos y Tabaco (Declaración-liquidación mensual de agosto 2010): Del 1 al 20.
  • Cerveza, Productos Intermedios, Alcohol y Bebidas Derivadas (Declaración-liquidación de junio 2010 y 2T 2010): Del 1 al 20.
  • Declaración de operaciones Cerveza, Productos Intermedios, Alcohol y Bebidas Derivadas (Declaración junio 2010 y 2T 2010): Del 1 al 20.
  • Declaración de operaciones Hidrocarburos y Tabaco (Declaración agosto del 2010): del 1 al 20

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

  • Retenciones a cuenta Empresas fact. > 6.010.121,04 €  (julio y agosto 2010): Del 1 al 20

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

  • Pago (julio y agosto 2010): Del 1 al 20

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES

  • Retenciones a cuenta empresas con facturación > 6.010.121,04 €  (julio y agosto 2010): Del 1 al 20.

 


Calendario de Álava
Calendario del contribuyente

MES DE AGOSTO

HASTA EL 2

NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL

Declaración trimestral de cuentas u operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito.
• Segundo trimestre 2010. Modelo 195.

HASTA EL 9

IMPUESTOS ESPECIALES

• Junio 2010. Todas las empresas (*). Modelo 570 y 580.
• Junio 2010. Grandes Empresas (*). Modelo 554, 555, 556, 557 y 558.
• Segundo Trimestre 2010. Excepto Grandes Empresas (*).Modelo 554, 555, 556, 557 y 558.
• Segundo Trimestre 2010. Todas las empresas. Modelo 553.
• Julio 2010. Operadores autorizados. Modelo 500/503/NE.
• Julio 2010. Todas las empresas. Modelo 511.

(*) Los Operadores registrados y  no registrados, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán para todos los impuestos el modelo. Modelo 510.
 
 
HASTA EL 10

RENTA

Pagos fraccionados
• Actividades empresariales/profesionales: Segundo trimestre de 2010 liquidación de oficio por parte de la Diputación, (salvo en el supuesto de inicio de actividad en el año 2010, en cuyo caso, el sujeto pasivo efectuará la autoliquidación en el modelo 130).
• Actividades agrícolas/ganaderas: Primer semestre de 2010 liquidación de oficio por parte de Diputación, (salvo en el supuesto de inicio de la actividad en el año 2010, en cuyo caso, el sujeto pasivo efectuará la autoliquidación en el modelo 130).
 

HASTA EL 25

IMPUESTOS ESPECIALES

• Julio 2010. Impuesto sobre la Electricidad. Grandes Empresas. Modelo 560.ç
• Julio 2010. Todas las empresas. Modelo 564 y 566.ç
• Mayo 2010. Grandes Empresas. Modelo 561, 562 y 563.
 
 
DURANTE TODO EL MES

Se podrán presentar durante todo el mes de agosto las declaraciones correspondientes al mes de julio de Renta, Sociedades, IVA, Impuesto sobre Primas de Seguros y No Residentes, cuyo plazo concluye el 10 de septiembre.


MES DE SEPTIEMBRE


HASTA EL 7

IMPUESTOS ESPECIALES

 Julio 2010. Todas las empresas (*). Modelo 570 y 580.
• Julio 2010. Grandes Empresas (*). Modelo 554, 555, 556, 557 y 558.
• Agosto 2010. Operadores autorizados. Modelo 500/503/NE.
• Agosto 2010. Todas las empresas. Modelo 511.

(*) Los Operadores registrados y  no registrados, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán para todos los impuestos el modelo. Modelo 510.

HASTA EL 10

RENTA, SOCIEDADES Y NO RESIDENTES (con establecimiento permanente)

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, de actividades económicas, premios, arrendamiento de inmuebles urbanos, ganancias patrimoniales y capital mobiliario.
• Julio 2010. Grandes Empresas. Modelo 111, 115-A, 117, 123, 124, 126 y 128.

IVA


• Julio 2010. Régimen General. Autoliquidación. Modelo 303.
• Julio 2010. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro. Modelo 340.
• Julio 2010. Grupo de entidades. Modelo 322.
• Julio 2010. Grupo de entidades. Modelo 353.
• Julio 2010. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349.

NO RESIDENTES (sin establecimiento permanente)

Retenciones e ingresos a cuenta
• Julio 2010. Grandes Empresas. Modelo 117 y 216.

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGURO

• Julio 2010. Modelo 430.

HASTA EL 27

RENTA, SOCIEDADES Y NO RESIDENTES (con establecimiento permanente)

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, de actividades económicas, premios, arrendamiento de inmuebles urbanos, ganancias patrimoniales y capital mobiliario.
• Agosto 2010. Grandes Empresas. Modelo 111, 115-A, 117, 123, 124, 126 y 128.

IVA

• Agosto 2010. Régimen General. Autoliquidación. Modelo 303.
• Agosto 2010. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro. Modelo 340.
• Agosto 2010. Grupo de entidades. Modelo 322.
• Agosto 2010. Grupo de entidades. Modelo 353.
• Agosto 2010. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349.

NO RESIDENTES (sin establecimiento permanente)

Retenciones e ingresos a cuenta
• Agosto 2010. Grandes Empresas. Modelo 117 y 126.

TRIBUTO SOBRE EL JUEGO

• Máquinas o aparatos automáticos. Tercer plazo. Modelo 045.

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGURO

• Agosto 2010. Modelo 430.

IMPUESTOS ESPECIALES

• Agosto 2010. Impuesto sobre la Electricidad. Grandes Empresas. Modelo 560.
• Agosto 2010. Todas las empresas. Modelo 564 y 566.
• Junio 2010. Grandes Empresas. Modelo 561, 562 y 563.


Calendario de Guipúzcoa
Calendario del contribuyente

MES DE AGOSTO

HASTA EL 2

IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES E IMPUESTO SOBRE
TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS

  • Declaración trimestral de documentos autorizados por los notarios: Segundo trimestre 2010 • Modelo 060
  • Declaración informatizada trimestral de documentos autorizados por los notarios: Segundo trimestre 2010 • Modelo N60

IDENTIFICACIÓN FISCAL

  • Segundo trimestre de 2010 • Modelos 195, 197

HASTA EL 6

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Julio 2010. Todas las empresas. Ventas en ruta • Modelo 511

HASTA EL 10

RENTA Y PATRIMONIO

  • Pagos fraccionados. Actividades económicas. Segundo trimestre 2010 • Modelo 130


DESDE EL 20

TRIBUTO SOBRE EL JUEGO

  • Se inicia el plazo para la solicitud de alta, modificación o baja en el sistema de domiciliación del pago del tributo sobre el juego mediante máquinas o aparatos automáticos, finalizando dicho plazo el 6 de septiembre para que la domiciliación surta efectos desde el tercer trimestre del año natural ( julio-septiembre ) • Modelo 044D


HASTA EL 25

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS
DOCUMENTADOS

  • Actos Jurídicos Documentados. Documentos negociados por entidades colaboradoras. Julio 2010 • Modelo 610


IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Mayo 2010. Grandes Empresas • Modelos 561, 562, 563
  • Julio 2010. Todas las empresas • Modelos 564, 566
  • Julio 2010. Grandes Empresas • Modelo 560
  • Segundo trimestre 2010. Excepto grandes empresas • Modelos 561, 562, 563
  • Mayo 2010. Grandes empresas (*) • Modelos 554, 555, 556, 557, 558
  • Julio 2010. Todas las empresas (*) • Modelos 570, 580
  • Segundo trimestre 2010. Excepto grandes empresas (*) • Modelos 554, 555, 556, 557, 558

(*) Los Operadores registrados y no registrados, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán para todos los impuestos el modelo 510.


MES DE SEPTIEMBRE


HASTA EL 6

TRIBUTO SOBRE EL JUEGO

  • El plazo de solicitud de alta, modificación o baja en el sistema de domiciliación del pago del tributo sobre el juego mediante máquinas o aparatos automáticos finaliza el 6 de septiembre para que la domiciliación surta efectos desde el tercer trimestre del año natural (julio-septiembre) • Modelo 044D


IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Agosto 2010. Todas las empresas. Ventas en ruta • Modelo 511


HASTA EL 27

RENTA, SOCIEDADES Y NO RESIDENTES CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE

Retenciones e ingresos a cuenta

  • Julio y agosto 2010. Grandes empresas • Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 (Volumen de ingresos superior a 6.010.121,04 euros).

NO RESIDENTES SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE

Retenciones e ingresos a cuenta

  • Julio y agosto 2010. Grandes empresas • Modelos 117 y 216

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

  • Grandes empresas. Julio y agosto 2010 • Modelo 320
  • Grupo de entidades. Modelo individual. Julio y Agosto 2010 • Modelo 322
  • Autoliquidación mensual del IVA. Registro de devoluciones. Julio y Agosto 2010 • Modelo 330
  • Declaración de operaciones incluidas en los libros registro de IVA. Julio y Agosto 2010 • Modelo 340
  • Declaración resumen recapitulativo de operaciones con sujetos pasivos de la UE. Julio y
    Agosto 2010 • Modelo 349
  • Grupo de entidades. Modelo agregado. Julio y Agosto 2010 • Modelo 353

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS
DOCUMENTADOS

  • Actos Jurídicos Documentados. Documentos negociados por entidades colaboradoras. Agosto 2010 • Modelo 610

TRIBUTO SOBRE EL JUEGO

  • Máquinas recreativas. Tercer trimestre 2010 • Modelo 044

IMPUESTOS SOBRE PRIMAS DE SEGURO

  • Julio y agosto 2010 • Modelo 430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Junio 2010. Grandes empresas • Modelo 561, 562, 563
  • Agosto 2010. Todas las empresas • Modelo 564, 566
  • Agosto 2010. Grandes empresas • Modelo 560
  • Junio 2010. Grandes empresas (*) • Modelo 554, 555, 556, 557, 558
  • Agosto 2010. Todas las empresas • Modelo 570, 580

(*) Los Operadores registrados y no registrados, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán para todos los impuestos el modelo 510.


Calendario de Vizcaya
Calendario del contribuyente

MES DE AGOSTO


Todos los vencimientos correspondientes al mes de agosto se trasladarán al mes de septiembre en idénticas fechas de presentación y pago.


MES DE SEPTIEMBRE


HASTA EL 7

IMPUESTOS ESPECIALES

  • Mod. 510- Declaración de operaciones de recepción del resto de UE.
  • Mod. 511- Relación mensual de notas de entrega de productos con el impuesto devengado a tipo reducido, expedidos por el procedimiento de ventas en ruta.
  • Mod. 553- Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de vinos y bebidas fermentadas.
  • Mod. 554- Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de alcohol.
  • Mod. 555- Declaración de operaciones para el Impuesto de productos intermedios en fábricas y depósitos fiscales de productos intermedios.
  • Mod. 556- Declaración de operaciones para el Impuesto sobre el alcohol y las bebidas derivadas en fábricas y depósitos fiscales de productos intermedios.
  • Mod. 557- Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de bebidas derivadas.
  • Mod. 558- Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de cerveza.
  • Mod. 570- Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de hidrocarburos.
  • Mod. 580- Declaración de operaciones en fábrica y depósitos fiscales de labores de tabaco.

HASTA EL 27
 
IMPUESTOS ESPECIALES

  • Mod. 560- Declaración-liquidación del Impuesto sobre la electricidad.
  • Mod. 561- Declaración-liquidación del Impuesto sobre la Cerveza.
  • Mod. 562- Declaración-liquidación del Impuesto sobre productos intermedios.
  • Mod. 563- Declaración-liquidación del Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas.
  • Mod. 564- Declaración-liquidación del Impuesto sobre Hidrocarburos.
  • Mod. 566- Declaración-liquidación del Impuesto sobre labores del tabaco.

IVA

  • Mod. 303- Autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Mod. 322- Grupo de entidades. Modelo individual. Autoliquidación mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Mod. 340- Libros Contables
  • Mod. 349- Resumen de operaciones intracomunitarias.
  • Mod. 353- Grupo de entidades. Modelo agregado. Autoliquidación mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido.

JUEGO

  • Mod. 043-G- Recargo de la tasa sobre el juego para máquinas o aparatos automáticos.
  • Mod. 043M- Declaración-Liquidación. Tasa Fiscal sobre el Juego. Máquinas o aparatos automáticos.

PRIMAS DE SEGURO

  • Mod. 430- Declaración-liquidación del Impuesto sobre Primas de Seguro.

RETENCIONES

  • Mod. 111- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre rendimientos del trabajo, de determinadas actividades económicas y de premios.
  • Mod. 115- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos procedentes del arrendamiento de bienes inmuebles urbanos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
  • Mod. 117- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las Instituciones de Inversión Colectiva, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
  • Mod. 123- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos del capital mobiliario, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
  • Mod. 124- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos del capital mobiliario derivados de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capital es ajenos, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes.
  • Mod. 126- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos explícitos del capital mobiliario obtenidos de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes.
  • Mod. 128- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez a efectos de lo dispuesto en el Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes.
  • Mod. 216- Declaración-Liquidación de retenciones a no residentes sin establecimiento permanente.

TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS

  • Mod. 615- Pago en metálico del impuesto que grava la emisión de documentos que llevan aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden.

HASTA EL 30

OTROS

  • Mod. 038- Relación de operaciones realizadas por entidades inscritas en registros públicos. Constitución, establecimiento modificación o extinción inscritas durante el mes anterior en registros públicos.

VENCIMIENTO SUPERIOR AL MES

ACTIVIDADES ECONOMICAS

  • Mod. Recibo - Impuesto sobre Actividades Económicas/Recurso Cameral Permanente. - (Del 10/9 al 11/10)

BIENES INMUEBLES

  • Mod. Recibo - Impuesto sobre Bienes Inmuebles gestionados por Diputación. - (Del 10/9 al 11/10)

IRPF

  • Mod. 40% IRPF - - (Del 1/7 al 10/11)

Legislación
Legislación fiscal y de interés (01-05-2010 a 30-06-2010)


LEGISLACIÓN TRIBUTARIA CORRESPONDIENTE A MAYO DE 2010

ORGANIZACIÓN

Orden EHA/1198/2010, de 4 de mayo, por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Economía y Hacienda. (BOE 2010-05-11)

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN E INSPECCIÓN

Resolución de 18 de mayo de 2010, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en relación con el registro y gestión de apoderamientos y el registro y gestión de las sucesiones y de las representaciones legales de menores e incapacitados para la realización de trámites y actuaciones por Internet ante la Agencia Tributaria. (BOE 2010-05-21)

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Orden EHA/1338/2010, de 13 de mayo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática. (BOE 2010-05-24)

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES

Orden EHA/1338/2010, de 13 de mayo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática. (BOE 2010-05-24)

OTRAS DISPOSICIONES DE INTERÉS

Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. (BOE 2010-05-24)

COMUNIDADES AUTÓNOMAS

A) Canarias

Ley 3/2010, de 20 de mayo, por la que se regula el tipo de gravamen aplicable a las entregas de vehículos híbridos eléctricos y de vehículos eléctricos. (BOC 24-5-2010)

B) Cantabria

Ley de Cantabria 1/2010, de 27 de abril, por la que se modifican la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y la Ley de Cantabria 11/2006, de 17 de julio, de Organización y Funcionamiento del Servicio Jurídico. (BOC 7-5-2010)

Ley de Cantabria 2/2010, de 4 de mayo, para la modificación de la Ley de Cantabria 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria, y de otras normas complementarias para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior. (BOC 14-5-2010)

Resolución de 13 de mayo de 2010, de la Dirección General de Hacienda y de la Dirección de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria (ACAT), por la que se establece el procedimiento de autorización a los empleados públicos para efectuar el pago en nombre de terceros de tributos e ingresos de derecho público o privado, a través del sistema de pago y presentación telemática del Gobierno de Cantabria. (BOC 26-5-2010)

C) La Rioja

Decreto 30/2010, de 14 de mayo, por el que se crea el Registro de Parejas de Hecho de La Rioja (BORJ 21-5-2010)

D) Valencia

Ley 3/2010, de 5 de mayo, de la Generalitat, de Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana. (DOGV 7-5-2010)

REGÍMENES ESPECIALES POR RAZÓN DEL TERRITORIO

A) Régimen fiscal excepcional de Canarias

B) Régimen Foral de Navarra

Decreto Foral Legislativo 4/2010, de 10 de mayo, de armonización tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. (BON 21-5- 2010)

Decreto Foral 32/2010, de 17 de mayo, por el que se modifican los artículos 20, 21, 22 y 33 del Reglamento del recurso de reposición y de las impugnaciones económico-administrativas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 178/2001, de 2 de julio. (BON 31-5-2010)

C) Régimen de Concierto con el País Vasco

C1) Normas del Territorio Histórico de Álava

Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 3/2010, del Consejo de Diputados de 27 de abril, que aprueba las medidas para la recuperación económica y el empleo en el Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOTHA 7-5-2010)

Orden Foral 274/2010, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 23 de abril, por la que se regula la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por los agricultores y ganaderos por las adquisiciones de gasóleo que se hayan efectuado durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2009. (BOTHA 7-5-2010)

Orden Foral 314/2010, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 19 de mayo, de modificación de la Orden Foral 712/2009, de 16 de diciembre, por la que se aprueban los signos, índices o módulos, del método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aplicable a partir de 1 de enero de 2010. (BOTHA 31-5-2010)

C2) Normas del Territorio Histórico de Guipúzcoa

Decreto Foral-Norma 3/2010, de 4 de mayo, por el que se introducen modificaciones en el Impuesto sobre el Valor Añadido (BOG 12-5-2010)

Decreto Foral 11/2010, de 11 de mayo, por el que se modifican los Decretos Forales 117/1999, de 21 de diciembre, por el que se regulan las obligaciones de información, y 61/2004, de 15 de junio, por el que se regulan las obligaciones de facturación (BOG 19-5-2010)

Decreto Foral 12/2010, de 18 de mayo, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el del Impuesto sobre Sociedades, aprobados por el Decreto Foral 137/2007, de 18 de diciembre, y el Decreto Foral 45/1997, de 10 de junio. (BOG 21-5-2010)

Decreto Foral 13/2010, de 18 de mayo, por el que se modifican el Decreto Foral 64/2008, sobre obligaciones censales y relativas al NIF, el Decreto Foral 94/1996, sobre declaración anual de operaciones con terceras personas, y el Decreto Foral 14/2009, sobre plazos de resolución de determinados procedimientos de gestión tributaria. (BOG 21-5-2010)

C3) Normas del Territorio Histórico de Vizcaya

Decreto Foral Normativo 3/2010, de 27 de abril, por el que se modifica la Norma Foral 7/1994, de 9 de noviembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, para la adopción de medidas para la recuperación económica y el empleo. (BOB 6-5-2010)

Orden Foral 1096/2010, de 30 de abril, por la que se establece el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por los agricultores y ganaderos por las adquisiciones de gasóleo y se establece el procedimiento para su tramitación (BOB 10-5-2010)

Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 66/2010, de 4 de mayo, por el que se modifica el Decreto Foral 81/1997, de 10 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, en materia de operaciones entre personas o entidades vinculadas. (BOB 12-5-2010)

Orden Foral 1191/2010, de 7 de mayo, por la que modifica la Orden Foral 385/2010, de 12 de febrero, por la que se aprueban los índices y módulos del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido para el año 2010, para actuaciones de renovación o reparación de viviendas particulares (BOB 13-5-2010)


FISCALIDAD INTERNACIONAL
 
Instrumento de Ratificación del Protocolo número 14 al Convenio para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, por el que se modifica el mecanismo de control del Convenio, hecho en Estrasburgo el 13 de mayo de 2004. (BOE 2010-05-28)

Protocolo que modifica el Convenio entre el Reino de España y el Gran Ducado de Luxemburgo para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y para prevenir el fraude y la evasión fiscal, hecho en Bruselas el 10 de noviembre de 2009. (BOE 2010-05-31)


LEGISLACIÓN TRIBUTARIA CORRESPONDIENTE A JUNIO DE 2010

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN E INSPECCIÓN

Orden EHA/1464/2010, de 28 de mayo, por la que se modifica la Orden ECO/2652/2002, de 24 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de comunicación de operaciones en relación con determinados países al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias. (BOE 7-6-2010)

Real Decreto 749/2010, de 7 de junio, por el que se modifica el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por el Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre, y otros reglamentos en el ámbito tributario. (BOE 8-6-2010)

PROCEDIMIENTO DE RECAUDACIÓN

Resolución de 31 de mayo de 2010, conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se desarrolla el apartado sexto de la Orden PRE/3662/2003, de 29 de diciembre, que regula un nuevo procedimiento de recaudación de los ingresos no tributarios recaudados por las Delegaciones de Economía y Hacienda y de ingresos en efectivo en la Caja General de Depósitos y sus sucursales, determinándose los supuestos en los que las Delegaciones de Economía y Hacienda expedirán los documentos de ingreso 069. (BOE 2010-06-19)

OTRAS DISPOSICIONES DE INTERÉS

Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo. (BOE 2010-06-17)

Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. (BOE 2010-06-23)

Ley 11/2010, de 28 de junio, de reforma del sistema de apoyo financiero a la internacionalización de la empresa española. (BOE 2010-06-29)

HACIENDAS LOCALES

Resolución de 14 de junio de 2010, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2010 relativos a las cuotas nacionales y provinciales y se establece el lugar de pago de dichas cuotas. (BOE 2010-06-21)

COMUNIDADES AUTÓNOMAS

A) Andalucía

Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía. (BOJA 4-6-2010)

Decreto Ley 3/2010, de 21 de mayo, por la que se modifican diversas leyes para la transposición en Andalucía de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior. (BOJA 8-6-2010)

Ley 4/2010, de 8 de junio, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA 22-6-2010)

Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía (BOJA 23-6-2010)

B) Aragón

Ley 4/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley 9/1998, de 22 de diciembre, de Cooperativas de Aragón. (BOA 25-6-2010)

C) Baleares

Decreto 68/2010, de 4 de junio, por el que se modifica el Decreto 122/2000, de 1 de septiembre, por el que se regulan las aportaciones al fondo de provisiones técnicas de las sociedades de garantía recíproca y el soporte a sus socios partícipes por las consejerías del Gobierno de las Illes Balears (BOCAIB 12-6-2010)

Ley 4/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión en las Illes Balears. (BOCAIB 22-6-2010)

Ley 6/2010, de 17 de junio, por la que se adoptan medidas urgentes para la reducción del déficit público. (BOCAIB 23-6-2010)

D) Canarias

Orden de 19 de abril de 2010, por la que se designan los órganos competentes para la revocación de actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones. (BOC 3-6-2010)

Orden de 27 de mayo de 2010, por la que se establece el procedimiento de ingreso a través de entidades de depósito de las deudas tributarias gestionadas a través de la aplicación M@GIN y se modifica la Orden de 24 de mayo de 1999, sobre colaboración de las entidades de depósito en la gestión recaudatoria. (BOC 9-6-2010)

E) Cantabria

Resolución 1/2010, de 15 de junio, por la que se dictan normas de actuación de las entidades colaboradoras en la recaudación de Tributos y demás derechos del Gobierno de Cantabria, y de la entidad prestadora del Servicio de Caja, en lo relativo al modelo 675 Web de autoliquidación del Impuesto sobre Depósito de Residuos en Vertederos. (BOC 18-6-2010)

F) Cataluña

Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones. (DOGC 11-6- 2010)

G) Extremadura

Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE 24-6-2010)

Ley 6/2010, de 23 de junio, de medidas urgentes y complementarias para la reducción del déficit público en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE 24-6-2010)

H) Galicia

Ley 3/2010, de 23 de junio, por la que se modifica la Ley 9/2009, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2010. (DOG 24-6-2010)

I) Madrid

Ley 4/2010, de 29 de junio, de Medidas Urgentes, por la que se modifica la Ley 9/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2010, para su adecuación al

Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público (DOCM 29-6-2010)

J) Murcia

Ley 1/2010, de 28 de junio, por la que se modifica la Ley 14/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2010. (BORM 29-6-2010)

K) Valencia

Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat de Régimen Local de la Comunitat Valenciana (DOCV 24-6-2010)

REGÍMENES ESPECIALES POR RAZÓN DEL TERRITORIO

A) Régimen Foral de Navarra

Orden Foral 47/2010, de 17 de mayo, del Consejero de Economía y Hacienda por la que se establece el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por los agricultores o ganaderos por las adquisiciones de gasóleo. (BON 2-6-2010)

Ley Foral 12/2010, de 11 de junio, por la que se adaptan a la Comunidad Foral de Navarra las medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. (BON 14-6-2010)

Decreto Foral 34/2010, de 31 de mayo, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo, y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Decreto Foral 282/1997, de 13 de octubre. (BON 18-6-2010)

Decreto Foral 35/2010, de 31 de mayo, del Gobierno de Navarra por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo, y el Decreto Foral 8/2010, de 22 de febrero, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal y determinados censos relacionados con él. (BON 18-6-2010)

Orden Foral 93/2010, de 18 de junio, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el Modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. (BON 30-6-2010)

B) Régimen de Concierto con el País Vasco

B.1) Normas del Territorio Histórico de Álava

Decreto Foral 20/2010, del Consejo de Diputados de 25 de mayo, que modifica el Decreto Foral 8/2010, de 2 de marzo, que reguló para 2010 el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOTHA 4-6-2010)

Orden Foral 318/2010 del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 19 de mayo, por la que se aprueba el modelo 349 de Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, así como los diseños físicos y lógicos y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática a través de Internet. (BOTHA 4-6-2010)

Orden Foral 358/2010, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 27 de mayo, de modificación de la Orden Foral39/2010, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 3 de febrero, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática por Internet para determinados obligados tributarios y modelos. (BOTHA 9-6-2010)

Decreto Foral 27/2010, del Consejo de Diputados de 15 de junio, que modifica el Decreto Foral 60/2002, de 10 de diciembre, que aprobó el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, en materia de deducciones por actividades de investigación y desarrollo y de innovación tecnológica. (BOTHA 23- 6-2010)

Orden Foral 386/2010, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 10 de junio, por la que se aprueban los modelos 200 y 220 de autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el Territorio Histórico de Álava, para los ejercicios iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009, y se establecen las condiciones generales para su presentación. (BOTHA 28-6-2010)

Orden Foral 427/2010, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 17 de junio, de modificación de la Orden Foral39/2010, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 3 de febrero, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática por Internet para determinados obligados tributarios y modelos. (BOTHA 30-6-2010)

B.2) Normas del Territorio Histórico de Guipúzcoa

Orden Foral 367/2010, de 3 de mayo, por la que se modifica la Orden Foral 1.116/2008, de 18 de diciembre que establece el procedimiento para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de depósito para diligencias de cuantía igual o inferior a 6.000 euros. (BOG 1-6-2010)

Orden Foral 498/2010, de 4 de junio, por la que se aprueban los modelos 308 y 309 de declaración no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOG 14-6-2010)

Orden Foral 529/2010, de 14 de junio, por la que se aprueban los modelos 200, 220, 20G, 22G y 20C para la presentación de las autoliquidaciones del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes. (BOG 18-6-2010) 2010 – AEDAF Página 5 de 6 , de 16 de junio, por la que se modifican los modelos 300, 310, 320, 330 y 370 de declaración del Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOG 21-6-2010)

Orden Foral 530/2010, de 14 de junio, por la que se aprueban los modelos 322 y 353 del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOG 18-6-2010)

Orden Foral 536/2010, de 16 de junio, por la que se modifican los modelos 300, 310, 320, 330 y 370 de declaración del Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOG 21-6-2010)

Decreto Foral 16/2010, de 15 de junio, por el que se modifican los Decretos Forales 6/1999, de 26 de enero, y 6/1990, de 20 de febrero, de desarrollo de la Norma Foral 12/1989, de 5 de julio, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. (BOG 22-6-2010)

B.3) Normas del Territorio Histórico de Vizcaya

Acuerdo de las Juntas Generales de Bizkaia por el que se ratifica el Decreto Foral Normativo 2/2010, de 23 de marzo, por el que se transponen determinadas directivas en el ámbito de la imposición indirecta y se modifica la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de No residentes para adaptarla a la normativa comunitaria. (BOB 10-6-2010)

Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 77/2010, de 1 de junio de 2010, que modifica el Decreto Foral 188/2006 de 28 de noviembre por el que aprueban las Normas Técnicas para la determinación del Valor Mínimo Atribuible.(BOB 14-6-2010)

Resolución 17/2010, de 8 de junio, de la Dirección General de Hacienda, por la que se concede la exención prevista en el número 8 del artículo 9 de la Norma Foral 6/2006, de 29 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, al Premio de Periodismo Tecnalia sobre Investigación e Innovación Tecnológica. (BOB 15-6-2010)

Orden Foral 1565/2010, de 18 de junio, por la que se aprueban los modelos 200 y 220 de autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el Territorio Histórico de Bizkaia y se regula el procedimiento para su presentación telemática, para los ejercicios iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009. (BOB 25-6-2010)

Orden Foral 1619/2010, de 23 de junio, por la que se aprueba el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, así como los diseños físicos y lógicos para su presentación por medio de soporte magnético directamente legible por ordenador. (BOB 30-6-2010)

Orden Foral 1620/2010, de 23 de junio, por la que se aprueba el modelo 309 de autoliquidación no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOB 30-6-2010)

Orden Foral 1622/2010, de 23 de junio, por la que se aprueba el modelo 303 de autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido y su presentación telemática. (BOB 30-6-2010)

Orden Foral 1621/2010, de 23 de junio, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, correspondientes al Régimen especial del Grupo de Entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido y su presentación telemática. (BOB 30-6-2010)

Orden Foral 1624/2010, de 23 de junio, por la que se aprueba el modelo 310 de autoliquidación trimestral en el régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOB 30-6-2010)

Orden Foral 1623/2010, de 23 de junio, por la que se aprueba el modelo 308 de solicitud de devolución régimen especial recargo de equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y sujetos pasivos ocasionales del Impuesto sobre el Valor Añadido, y su presentación telemática. (BOB 30-6-2010)

FISCALIDAD INTERNACIONAL

Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y la República de Armenia relativo a la no aplicación en las relaciones entre los dos países del convenio para evitar la doble imposición entre España y la URSS, firmado en Madrid el 1 de marzo de 1985, hecho en Madrid el 6 de junio de 2006 y 10 de octubre de 2007. (BOE 2010-06-23)

Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y la República de Azerbaiyán relativo a la no aplicación en las relaciones entre los dos países del convenio para evitar la doble imposición entre España y la URSS, firmado en Madrid el 1 de marzo de 1985, hecho en Madrid el 21 y 28 de enero de 2008. (BOE 2010-06-23)

Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y la República de Georgia relativo a la no aplicación en las relaciones entre los dos países del convenio para evitar la doble imposición entre España y la URSS, firmado en Madrid el 1 de marzo de 1985, hecho en Madrid el 24 de enero y 10 de octubre de 2007. (BOE 2010-06-23)

Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y la República de Kazajstán relativo a la no aplicación en las relaciones entre los dos países del convenio para evitar la doble imposición entre España y la URSS, firmado en Madrid el 1 de marzo de 1985, hecho en Madrid el 3 junio y 8 de julio de 2008. (BOE 2010-06-23)

Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y la República de Moldavia relativo a la no aplicación en las relaciones entre los dos países del convenio para evitar la doble imposición entre España y la URSS, firmado en Madrid el 1 de marzo de 1985, hecho en Madrid el 16 de noviembre de 2006 y 1 de octubre de 2007. (BOE 2010-06-23)

 

JESUS PUERTAS
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Miembro de la Asociación Española de Asesores Fiscales


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